Tribunales
El Supremo rebaja una condena de violación de 12 a 6 años de prisión en Valencia porque la víctima se defendió
El tribunal revisa una sentencia anterior al considerar que la mujer no estaba en situación de «vulnerabilidad»

El Tribunal Supremo ha rebajado una condena de prisión de 12 a 6 años a un violador en Valencia porque la víctima no estaba en una situación de «vulnerabilidad» para poder defenderse, como así hizo con insistencia, aunque se encontraba bajo los efectos de las drogas y el alcohol.
El culpable de esta violación, en un descampado junto a una discoteca en 2016, fue condenado inicialmente a seis años de cárcel por la Audiencia Provincial de Valencia, si bien posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana elevó la pena al doble, 12 años, al considerar el agravante de especial vulnerabilidad.
En aquel fallo, se detallaba que la joven de 18 años «no era consciente de la realidad» y tampoco estaba en condiciones de «determinar su conducta sexual con libertad y conocimiento de la signficación de sus actos».
No obstante, en el Supremo se ha revisado el caso y estima que el Código Penal establece que debe reducirse o eliminarse «el mecanismo de autodefensa frente al ataque sexual» para que se dé ese supuesto de especial vulnerabilidad. Y no considera que los efectos de las drogas y el alcohol mermaran sus capacidades.
En cuanto al relato probado de lo sucedido, la joven «fue consciente de lo que pretendía su agresor y mostró su oposición», tanto de palabra diciéndole «basta, basta» como también físicamente al resitirse, morderle , arañarle y golpearle en la boca, según la sentencia.