Educación
El Supremo da la razón a las escuelas católicas por los recortes de la Generalitat Valenciana a la concertada
Los centros celebran el fallo judicial que confirma a su juicio que fue una «decisión política» con las aulas llenas de alumnos
Varapalo judicial al intento de la Conselleria de Educación se mermar la concertada. El Tribunal Supremo ha dado la razón a las Escuelas Catolicas de Comunidad Valenciana en su litigio contra la Generalitat por sus recortes en 2018 a la Educación concertada en Bachillerato y Ciclos Formativos, según han informado fuentes de estos centros.
En concreto, la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha desestimado en dos sentencias los recursos planteados por la Generalitat Valenciana contra sendas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de mayo de 2018, que dieron la razón a dos escuelas en relación a la renovación de conciertos educativos para determinadas unidades de bachillerato y ciclos formativos.
El Supremo declara como doctrina aplicable a esta cuestión que “el régimen de conciertos generales resulta de aplicación a la renovación de los conciertos singulares firmados por las Comunidades Autónomas en los niveles educativos no obligatorios, quedando sujetos al régimen previsto en el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos aprobado por el artículo único del Real Decreto 2377/1985”.
Las sentencias del TSJ valenciano que son ratificadas, ambas de 25 de mayo de 2018, estimaron recursos del Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas (La Salle)-Sector Valencia Palma y del Colegio de Nuestra Señora del Pilar de Valencia contra resoluciones de la Consellería de Educación, de 19 de mayo de 2017, que desestimaron la renovación de conciertos educativos para determinados cursos de bachillerato y ciclo formativo.
El fallo del Alto Tribunal desestima los recursos de casación interpuestos por el Gobierno de Ximo Puig y ratifica las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ( TSJCV ) que daban la razón al sector, al señalar que el reglamento autonómico no puede contradecir el RNBCE sobre la posibilidad de renovar conciertos en niveles no obligatorios.
«Está claro, cuando la Conselleria hizo la norma autonómica no podía ir en contra de una norma básica de ámbito estatal», han señalado fuentes jurídicas de Escuelas Católicas. La consecuencia de esta medida fue que cada cuatro años, el centro concertado «partía de cero, y eso es ilegal», a la hora de tramitar su oferta educativa.
A su juicio, «es un tema totalmente político , disfrazado de norma jurídica y cosa de Compromís , que lo tenía en su acuerdo de Gobierno del Botànic, no quería concertar nada».
Aulas llenas
El perjuicio ocasionado en aquel momento fue más allá de los centros, ya que afectó también a las familias. «Las aulas que quitaron tenían todos los alumnos, estaban llenas, si no hubieran tenido estudiantes, se entendería la medida», subrayan las mismas fuentes.
La prueba también del trasfondo político es que el concierto de Bachillerato y Ciclos Formativos con la concertada lo instauró el PP en el poder, por eso, cuando los nacionalistas llegaron al Consell, estaban determinado a tumbarlo.
Después de esta sentencia, ahora llegarán más porque más de una decena de centros denunciaron el mismo asunto y en todos se cumplen los mismos requisitos. «Se hizo para forzar a los alumnos a que se fueran a los institutos públicos, aunque no tenían necesidad de crear aulas públicas, no había demanda objetiva», han señalado.
Esta batalla judicial, además, ha ocasionado un gasto público, no solo jurídico, sino también en costas judiciales , de 2.500 euros por cada sentencia en primera instancia, antes de llegar al Supremo.