Política
Los servicios jurídicos de las Cortes Valencianas dan la razón a Rita Barberá
La senadora no estaba obligada a comparecer en el Parlamento regional para dar explicaciones sobre el caso Taula
Les Corts Valencianes han concluido que la exalcaldesa de Valencia y actual senadora territorial Rita Barberá no tiene "obligación legal" de comparecer ante la comisión de Coordinación para hablar del caso Taula, según ha explicado el presidente de Les Corts, Enric Morera.
La Mesa de Les Corts ha recibido hoy el informe jurídico que solicitó la comisión de Coordinación después de que el pasado 29 de febrero Barberá no acudiera a ese órgano parlamentario para explicar, a petición de Podemos, su presunta vinculación con la trama de la operación Taula del caso Imelsa.
El informe indica que los senadores territoriales " están obligados a participar " en las comparecencias tramitadas de acuerdo con el procedimiento establecido en el reglamento de Les Corts y en la ley de designación de senadores territoriales de la Comunitat, "siempre que no concurra una causa justificativa de su ausencia".
"Ahora bien, la obligación de comparecer de la senadora y del resto de los senadores designados por Les Corts no se encuentra respaldada por una acción jurídica que, ante una negativa explícita como la analizada, permita hacer efectiva la comparecencia", añade el informe jurídico.
El documento elaborado por los servicios jurídicos del Parlamento valenciana destaca además que el escrito remitido por Barberá para excusar su ausencia en Les Corts "no se puede interpretar como una negativa tajante a comparecer en el futuro, pues en él expresa su disposición total a comparecer".
"Dicho en otros términos, la negativa a comparecer " de Barberá " se circunscribe al caso concreto analizado ", recoge el informe jurídico.
Sobre el argumento alegado por Barberá de que la comparecencia se pedía sobre una investigación judicial sometida a secreto, lo que es ajeno a su actividad en el Senado, el informe indica que una comparecencia en el ámbito político no es susceptible de contravenir la ley ni de " interferir ilegítimamente " en un proceso judicial.
"La tramitación de un procedimiento judicial en nada impide el debate político sobre el mismo tema y que el compareciente tiene libertad para informar en los términos que juzgue oportuno", señala el informe.
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