Covid-19

Sanidad dicta una nueva resolución con medidas para Benigànim tras anular una juez el confinamiento

El Juzgado considera que el decreto de este lunes de la Generalitat no resulta «proporcional» ni necesario

Última hora del coronavirus y los rebrotes en la Comunidad Valenciana

Imagen de Benigànim este lunes, cuando la Conselleria de Sanidad dictó el confinamiento de la población EFE

D.V.

La Conselleria de Sanidad ha dictado este martes una resolución con nuevas medidas para frenar la expansión del coronavirus en Benigànim (Valencia) , después de que un juez anulara el decreto de la Generalitat de este lunes que imponía el confinamiento durante 14 días de esta localidad como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 que vive en la actualidad.

En un comunicado, la Conselleria ha anunciado que la resolución atiende a las precisiones que requiere el juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Valencia con relación a las medidas adicionales acordadas para el municipio.

Así pues, en la nueva resolución se precisa que el confinamiento es perimetral a la población de Benigànim , permitiéndose, en todo caso, la circulación de personas residentes dentro del municipio; se establece hasta un máximo de 10 personas en reuniones de carácter social o familiar y los actos de culto se realizarán hasta un tercio de la capacidad de dichos lugares, siempre respetando las normas de seguridad de uso de la mascarilla y distanciamiento social.

La consellera, Ana Barceló, ha señalado que “es importante que se adopte esta medida en el municipio para, por un lado, evitar la propagación del virus y, por otro lado, salvaguardar y proteger la salud de todos los vecinos y vecinas”.

La resolución entrará en vigor a partir de su publicación con fecha de este martes, 1 de septiembre . De la misma se dará traslado también a la Abogacía General de la Generalitat en orden a solicitar la ratificación judicial por la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

La medida «no resulta proporcional ni necesaria»

Por su parte, en la tarde de este martes se conocía que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valencia ha anulado el decreto que imponía el confinamiento a Benigànim al apreciar que la medida "no resulta proporcional ni necesaria".

Según se recoge en el auto, la Fiscalía ha informado desfavorablemente a la medida sanitaria porque los informes aportados para su ratificación se circunscriben al incremento de contagios detectados en las últimas semanas en esta población, pero no constan datos de ingresos hospitalarios y de mortalidad .

"No supera el juicio de proporcionalidad, en cuanto el sacrificio de derechos fundamentales primarios y el incremento del deterioro económico ya producido durante la etapa más grave de la pandemia no se justifica por la gravedad de la situación actual, que no está acreditada", recoge el auto.

Asimismo, tampoco " supera el juicio de necesidad ", ya que se pueden obtener "idénticos resultados mediante el aislamiento de las personas y dependencias ya identificadas".

En esta línea, la resolución recuerda que el confinamiento de Benigànim incluye medidas "incluso más gravosas para la población " que las dispuestas por el RD463/20 de declaración del Estado de Alarma como el cierre de los lugares de culto. La decisión puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

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