Imagen de la terraza de un local de hostelería en Alicante. En el vídeo, imágenes tomadas este domingo en La Marina de Valencia JUAN CARLOS SOLER / Vídeo: ABC

T.J.

La Comunidad Valenciana encara su segundo mes de marzo sin Fallas, pero con vacaciones escolares, y una Semana Santa marcada por las restricciones decretadas para evitar que la transmisión del coronavirus vuelva a descontrolarse en la región.

La Generalitat continúa con su objetivo de llevar a cabo una desescalada lenta y gradual. De hecho, aunque las directrices que entran en vigor este 15 de marzo pueden modificarse en las próximas semanas, se ha optado por prolongarlas hasta el 12 de abril , el último día de las vacaciones de Pascua.

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Pese al alivio de las limitaciones que afectan a sectores como la hostelería o el ámbito deportivo, las medidas más duras en materia de reuniones sociales se mantienen. La movilidad entre autonomías y la nocturna seguirán estando prohibidas ante el temor de que los desplazamientos durante las jornadas festivas vuelvan a acelerar la propagación del virus y desencadenen una cuarta ola agravada por las nuevas cepas.

ABC recoge las principales restricciones decretadas por el Consell para Valencia, Alicante y Castellón, tal y como han sido publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat.

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Encuentros sociales

Las reuniones sociales están limitadas a los convivientes en privado y a cuatro personas como máximo en público si no viven juntas, excepto en:

• Las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, como la atención y acompañamiento a personas menores de edad, personas mayores, en situación de dependencia, con diversidad funcional o en situación de especial vulnerabilidad.

• La convivencia alterna de hijos e hijas con sus progenitores o progenitoras no convivientes entre ellos.

• El acogimiento familiar de personas menores de edad en cualquiera de sus tipologías.

• La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes.

• Las personas que viven solas se podrán incorporar a otra única unidad de convivencia, siempre que en esta unidad de convivencia solo se incorpore una única persona que viva sola.

• La permanencia en lugares de culto, para reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, incluidas las ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas específicas, no podrá superar el 50% de su aforo, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros.

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Bares y restaurantes

Los locales de hostelería y restauración pueden abrir sus terrazas con todo el espacio permitido y los interiores al 30% de su aforo hasta las 18 horas y con un máximo de cuatro personas por mesa. En el exterior la distancia entre mesas debe ser de 1,5 metros, mientras que en interiores se amplía a dos metros.

El servicio de comida a domicilio o de recogida en el local puede funcionar, con cita previa, hasta las 22 horas. El consumo en barra, los bufets, fumar, los juegos de azar o las actividades de música y baile siguen prohibidas.

Deporte

Se puede practicar deporte en instalaciones deportivas al aire libre , sin contacto. La mascarilla no es obligatoria en este caso. Las actividades dirigidas o los entrenamientos tienen que realizarse en grupos de máximo cuatro personas.

En gimnasios, piscinas y pabellones cerrados , el aforo máximo es del 30% y la mascarilla sí es obligatoria. Estos espacios cierran a las 22 horas. Los vestuarios están habilitados con su ocupación restringida a un tercio, al igual que las duchas si son individuales.

La población de Infantil y Primaria puede participar fuera de la jornada escolar en actividades deportivas grupales y en entrenamientos deportivos, con un máximo de 10 personas deportistas. Las competiciones siguen suspendidas y no se permite que haya público en ningún momento.

Cierre perimetral

La prohibición de entrar y salir de la autonomía sin causa justificada sigue vigente. No afecta a las personas que se desplazan por motivos laborales, por causa mayor, para cuidar a dependientes o para regresar al domicilio en el que están empadronados.

Toque de queda

Confinamiento nocturno desde las 22 horas hasta la seis de la mañana. En esa franja horaria solo pueden transitar por la calle aquellas personas que van a trabajar, que tienen una urgencia médica o que se desplacen para atender a personas dependientes.

Comercios

Los comercios, con la mitad de su aforo, cierran a las 20 horas , excepto los esenciales o los departamentos de los mismos dedicados a alimentación, farmacia, higiene, ortopedias, óptica, servicios de peluquería y venta de alimentos para animales, que mantienen su horario habitual.

Cultura

En el caso de los cines, autocines, teatros, anfiteatros, auditorios, salas multifuncionales, salas de artes escénicas y circos el aforo máximo es del 50% -al igual que el de los museos y bibliotecas-, con el público sentado, y no se permiten las consumiciones.

Velatorios, entierros y celebraciones

Pueden celebrarse en instalaciones públicas o privadas, con el aforo restringido al 30%, y un límite máximo de 20 personas en espacios al aire libre o de 15 en espacios cerrados . En los lugares de culto el aforo se amplía hasta el 50%.

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