Covid-19

Restricciones por el coronavirus en Valencia para el fin de semana y hasta el 7 de junio

El toque de queda nocturno y la limitación de personas en las reuniones se mantendrán en vigor el sábado, domingo y lunes

Última hora del coronavirus, la desescalada y las restricciones en la Comunidad Valenciana

Imagen de archivo de una terraza de la hostelería en Alicante JUAN CARLOS SOLER

D. V.

El levantamiento del toque de queda nocturno y el fin de la limitación del número de personas en las reuniones son algunas de las medidas acordadas por la Generalitat , en el marco de la desescalada del coronavirus .

Sin embargo, estas nuevas limitaciones, que también incluyen nuevos horarios para la hostelería y la reapertura del ocio nocturno, no entrarán en vigor hasta el martes 8 de junio . Por tanto, durante este fin de semana todavía estarán vigentes las actuales limitaciones.

De esta forma, el 5, 6 y 7 de junio seguirán activos el toque de queda y los límites de personas en los encuentros sociales y familiares, además de la limitación del aforo en lugares de culto.

De hecho, estas limitaciones, que afectan a los derechos fundamentales, han sido ratificadas este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), al denegar la suspensión cautelar de estas restricciones .

Estas son las medidas que se mantendrán en vigor en la Comunidad Valenciana hasta el 7 de junio a las 23:59 horas :

La limitación de movilidad nocturna está vigente entre la una de la madrugada y las seis de la mañana, salvo motivos justificados.

Los encuentros familiares y sociales deberán ser de un máximo de diez personas en los lugares públicos. En los espacios privados, como los domicilios, tampoco podrá superarse ese número de personas y, además, solo podrán ser de dos núcleos de convivencia distintos.

El uso de la mascarilla es obligada en los paseos y accesos a las playas. No es obligatorio emplear esta prenda de protección durante el baño, durante la práctica de deportes acuáticos ni en los periodos de descanso -siempre que haya la agrupación no supere las diez personas y haya una distancia de 1,5 metros-.

Los lugares de culto tienen una limitación de aforo del 75 por ciento.

Los velatorios tendrán un aforo del cincuenta por ciento y un máximo de 50 personas al aire libre y de 25 en espacios cerrados. Será el mismo aforo que para la participación en la comitiva para el entierro o la despedida para la incineración.

En cuanto a las ceremonias y celebraciones no religiosas, tendrán un aforo máximo del cincuenta por ciento. Las celebraciones que impliquen servicio de hostelería se ajustarán a lo regulado en esta materia.

Los bares y restaurantes deberán cerrar a las doce y media de la noche y cuentan con distintas limitaciones de aforo. En concreto, las mesas no podrán superar las diez personas y en los interiores solo podrá haber un cincuenta por ciento del aforo. Está prohibido fumar y el uso de la barra.

El aforo al 75 por ciento y no está permitido fumar. En espacios interiores habrá un máximo de 3.000 asistentes -en tres sectores diferenciados de mil personas con entrada y salida, aseos y servicio de hostelería independientes en cada uno- y sin consumiciones -excepto agua-.

En los eventos al aire libre habrá un máximo de 4.000 asistentes, pues pueden crearse un máximo de cuatro sectores diferenciados de mil asistentes en cada uno, con entrada y salida y aseos.

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