Educación

El TSJ rechaza el recurso de la Universidad Católica de Valencia contra la orden de becas de la Generalitat

La Sala considera que la norma autonómica no incurre en vulneración constitucional

Imagen de archivo de un grupo de universitarios en Valencia ROBER SOLSONA

ABC

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado el recurso de la Universidad Católica de Valencia contra la orden de Conselleria de Educación que regula las becas universitarias.

La orden desestimada por la Sección 5ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia regula la concesión de las becas para la realización de estudios universitarios en las universidades de la Comunitat.

La Sala considera que la norma autonómica no incurre en vulneración constitucional y condena a la Universidad Católica a pagar las costas del proceso, que ascienden a 3.000 euros.

En este procedimiento, la UCV alegó contra la norma de la Conselleria de Educación que establece que podrán ser beneficiarios de las becas los matriculados en las universidades públicas, así como los de centros privados en el caso de aquellas enseñanzas que se determinen en cada convocatoria. La universidad recurrió la resolución porque, a su juicio, "lesiona el derecho fundamental de igualdad" e introduce "una diferencia sin justificar entre las universidades públicas y privadas, discriminando claramente a estas".

Por su parte, la Generalitat esgrimía, entre otras cuestiones, que una persona jurídica, como lo es en este caso la UCV, no puede asumir los derechos fundamentales de nadie . Además, hacía notar que los alumnos de la universidad demandante tiene a su alcance becas complementarias y que quienes acuden a una universidad privada lo hacen como opción libre. Las universidades Jaume I de Castellón, València, Alicante y Politècnica de València también se opusieron a la demanda.

Ahora, en su sentencia, la sala manifiesta que " no hay en los preceptos que se consideran infractores del principio de igualdad contenido alguno de un derecho que reconocido a la universidad pública, como centro, no le sea reconocido a la universidad privada con esta misma consideración ya que la única mención que los mismos hacen de una y de otra es con referencia a la procedencia del alumnado solicitante de las respectivas becas".

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