Raúl Gil - Testimonios del coronavirus

Carta de un hijo al que no dejaron entrar al entierro de su padre: cementerios e injusticia en época de Covid-19

«Bastante dura es la situación como para que una decisión errónea de unos políticos aumente la frustración de la sociedad»

Última hora del coronavirus en la Comunidad Valenciana

Imagen de otro entierro tomada en el Cementerio General de Valencia EFE

A la atención del Ministerio de Sanidad, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Valencia.

Mi nombre es Raúl Gil . Soy ciudadano de Valencia. Mi padre falleció por cáncer el sábado 4 de abril. Este lunes, 6 de abril de 2020. fuimos a realizar el entierro y acudimos los tres hijos y la esposa.

La Orden SND/298/2020 que han desarrollado por parte del Ministerio de Sanidad el 29 de marzo, indica que para el enterramiento podrán estar presente tres personas familiares máximo más un ministro de culto o persona asimilada para la práctica del rito de despedida del difunto. En este caso hablamos del Cementerio General de Valencia , con centenares de metros cuadrados al aire libre. En nuestro caso no teníamos párroco, siendo tres hijos y su esposa, presentando certificados realizados por la funeraria y DNI. Todos bien previstos de guantes y mascarilla reglamentaria.

Nos procedíamos a entrar a enterrar a mi padre, cuando nos pararon y nos dijeron que decidiésemos quién de los cuatro no entraba al cementerio.

Ante la rotundidad de la negativa , planteamos la opción de que una de mis hermanas entrase unos minutos, saliese y entrase el otro hijo unos minutos. Hecho al que se negaron nuevamente y de manera rotunda.

Indico que, como no hay párroco, yo actúo como persona asimilada para la práctica del rito de despedida del difunto. (En un Estado declarado aconfesional por el art. 16,3 de la Constitución Española , se debe de entender que un hijo tiene total derecho a realizar un rito de despedida del difunto padre).

Nuevamente la negativa es rotunda, invitando a que rápidamente escojamos quién se queda fuera.

Indicamos a la persona de la puerta nuestra indignación ante tal surrealista situación, explicando que era una situación inhumana llevar a cabo esta orden de esta forma. Que nuestro padre ha fallecido de cáncer, no de Covid-19 , que presentábamos toda la documentación. La persona, demostrando una nula empatía y una pésima gestión de la situación, perdió los estribos alterándose hasta el punto de gritarnos y cerrarnos la puerta del cementerio durante más de veinte minutos con el coche fúnebre esperando en la puerta, hasta que finalmente volvió a abrir.

Imagen de otro entierro tomada en el Cementerio General de Valencia EFE

Dada la desagradable situación, decidí quedarme fuera y pasaron junto al coche fúnebre mis dos hermanas y mi madre, procediendo esta persona a cerrar la puerta del cementerio en la cara y con tres vueltas de llave. Quiero transmitir la indignación como ciudadano ante la injusticia y mala gestión de la situación. Las leyes están para cumplirlas, pero el sentido común, el respeto a las personas y la humanidad debe de prevalecer por encima de todo. Esta medida es totalmente desproporcionada.

En un supermercado si pueden haber más de cincuenta o cien personas cruzándose por los pasillos, la mayor parte de ellos sin mascarillas; en los medios de comunicación sí hay más de cinco periodistas, más los operadores y cámaras; en una empresa sí pueden trabajar decenas de personas a la vez en un espacio cerrado, etc.

La salud pública es básica y más en una situación como la actual , es entendible que prohíban los velatorios, que limiten el acceso de muchos asistentes en los entierros , pero era tan fácil como limitar a primera consanguinidad y ajustar el aforo dependiendo del espacio. Bastante dura es la situación como para que una decisión errónea de unos políticos aumente la frustración de la sociedad.

Además de responsabilidades políticas a nivel estatal, autonómico y municipal, solicito como ciudadano valenciano:

Que se realice de forma urgente una queja formal al Ministerio de Sanidad , solicitando una variación de este punto 5o de la Orden SND/298/2020, para que en los entierros de las próximas personas que fallezcan durante este periodo, se produzca una acción proporcionada y adecuada dependiendo de la situación de cada lugar. Acceso a familiares de primera consanguinidad y que siempre y cuando se respeten las distancias y las medidas, no tiene porque estar limitada a tres personas, con por supuesto unos máximos razonables.

Además, aun sabiendo que la persona cumplía con una Orden tanto de la dirección del cementerio, como de entes superiores,

Denuncio:

1. Incumplimiento de la Orden SND/298/2020 por parte de un recinto público, impidiendo tal cual indica en su punto 5o el acceso a una persona asimilada para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. Yo Raúl Gil como ciudadano español e hijo del difunto en un Estado aconfesional como el que nos encontramos, comuniqué mi intención de acceder como persona asimilada para la realizar la despedida del difunto. Hecho que me prohibieron expresamente porque no era un sacerdote católico.

2. El trato pésimo, desproporcionado, vejatorio e inhumano de esta trabajadora del cementerio general, que entiendo que es un lugar municipal de todos los valencianos y una trabajadora pública o subcontrata al servicio del cementerio y del ciudadano.

Quedo a su disposición, esperando respuesta por su parte. Gracias. Un saludo.

Raúl Gil

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