Covid-19

Qué se puede hacer y qué no por las restricciones en Valencia a partir del lunes

La Generalitat continúa con una «apertura gradual y responsable» y eliminará el cierre perimetral cuando finalice el estado de alarma

¿Habrá restricciones en el puente de mayo?

Última hora del coronavirus, la desescalada y las restricciones en la Comunidad Valenciana

Imagen de una terraza de la hostelería en Alicante JUAN CARLOS SOLER
Irene Medina

Irene Medina

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La Comunidad Valenciana sigue avanzando en la desescalada «lenta y gradual» y el próximo 26 de abril entrarán en vigor las nuevas restricciones por el coronavirus , en las que se han relajado algunas de las limitaciones.

En concreto, la principal novedad es que los locales de hostelería y restauración y los establecimientos comerciales podrán ampliar su horario de apertura hasta las diez de la noche, cuando comienza el toque de queda .

Por contra, las limitaciones a la movilidad, como el cierre perimetral o el toque de queda nocturno , seguirán vigentes durante quince días más, hasta que finalice el estado de alarma .

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig , señaló este jueves, después de acordar las nuevas restricciones en la Mesa Interdepartamental, que las medidas adoptadas responden a la necesidad de «actuar con prudencia máxima y proporcionalidad», y aplicar una «apertura gradual y responsable» , por lo que destacó que las restricciones se irán aminorando «a medida que la situación lo permita».

En este contexto, el jefe del Consell apuntó que si se produce la evolución prevista del Covid-19 , cuando finalice el estado de alarma decaerá el perimetraje autonómico . Esta decisión se valorará el 4 de mayo, en una nueva reunión de la Mesa Interdepartamental.

«Esta será la última quincena antes de que acabe el estado de alarma y comience una nueva fase , un nuevo tiempo de esperanza marcado por la proximidad del verano y el avance de la vacunación », subrayó Puig.

Estas son las restricciones por el coronavirus que entrarán en vigor el próximo 26 de abril en la Comunidad Valenciana:

Se amplía el horario de apertura de los establecimientos de hostelería y restauración hasta las diez de la noche . El aforo se mantiene en el treinta por ciento en el interior y el cien por cien en las terrazas. En las mesas pueden juntarse un máximo de seis personas y la clientela debe llevar mascarilla siempre que no consuma. El uso de barra continúa prohibido.

Los locales de ocio podrán ejercer, si su licencia lo permite, actividades de restauración y hostelería en las mismas condiciones que los bares y restaurantes.

Comercio

Los establecimientos comerciales pueden ampliar el horario de apertura hasta las diez de la noche , con un aforo del 75 por ciento. Los comercios esenciales -de alimentación, farmacias, ortopedias o ópticas, entre otros- podrán abrir en su horario habitual.

El confinamiento perimetral de la Comunidad Valenciana se prorroga quince días más, por lo que no está permitido ni entrar ni salir de la autonomía.

Toque de queda

Se mantiene el toque de queda nocturno, por lo que se restringe la movilidad entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

Reuniones

Los encuentros familiares o sociales podrán ser de un máximo de seis personas no convivientes en los lugares públicos. En los domicilios, podrán reunirse hasta dos núcleos de convivencia.

Eventos

Los eventos permitidos y que puedan implicar aglomeración de personas se realizarán con un aforo máximo del 75 por ciento y 500 personas de máximo en interiores y 1.000 en exteriores .

Se pueden establecer cuatro sectores con servicios de baño, entrada y salida, y hostelería diferenciados con 500 personas por sector. Además, la distancia entre asientos será de 1,5 metros, y las entradas y salidas serán escalonadas.

No se permite consumir ni alimentos ni bebidas (excepto agua) fuera de la zona de restauración. Tampoco se puede fumar ni utilizar dispositivos electrónicos de inhalación o similares.

Cultura

Los cines, autocines, cines de verano, teatros, anfiteatros, auditorios, salas de artes escénicas y circos; bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, galerías de arte y otros equipamientos culturales amplían el aforo hasta el 75 por ciento . El público deberá estar sentado y no se permite consumir.

Celebraciones

El aforo en los lugares de culto o ceremonias se amplía al cincuenta por ciento, sin límite en el número máximo de personas. También se aplica a los salones de banquetes.

Deporte

En los espacios al aire libre, la práctica de la actividad física, tanto individual como dirigida por un profesional, se podrá producir en grupos de veinte personas en recintos abiertos y de diez en recintos cerrados.

En lugares cerrados, como gimnasios o pabellones, se mantiene el aforo del treinta por ciento y la mascarilla es obligatoria. Las piscinas, por su parte, amplían el aforo al cincuenta por ciento.

Asimismo, en las actividades deportivas y eventos con público (excepto entrenamientos que se mantienen sin público), el máximo de asistentes será de 1.000 personas en instalaciones abiertas y 500 en cerradas;. Por su parte, la participación de deportistas será de 1.000 en instalaciones abiertas y 300 en cerradas.

Hoteles

Las zonas comunes de hoteles, albergues, casas rurales y otros alojamientos amplían el aforo máximo al cincuenta por ciento.

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