Política
El PSOE vulnera la Ley Electoral al exhibir propaganda de Pedro Sánchez tras la convocatoria de las elecciones generales
La normativa prohíbe la publicidad de los partidos desde este martes hasta el inicio de la campaña
«Vota PSOE. Haz que pase» . El PSOE ha vulnerado la Ley Orgánica de Régimen Electoral General con la exhibición de propaganda una vez han sido convocados oficialmente los comicios del próximo 10 de noviembre. Este martes, tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del decreto de convocatoria de las elecciones, permanecen en la calle carteles de publicidad electoral con la imagen del candidato socialista y presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez .
La propaganda corresponde a los anteriores comicios, en los que el PSOE empleó los lemas de «Haz que pase» y «La España que quieres» , y no han sido retirados en cinco meses. Con la disolución de las Cortes Generales y la convocatoria de unas nuevas elecciones, la citada propaganda pasa a ser ilegal .
En concreto, las banderolas con la imagen de Sánchez y el logo socialista vulneran el artículo 53 de la Ley General de Régimen Electoral que, literalmente, establece que «desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones» .
Los carteles de propaganda electoral socialista han sido fotografiados este martes por ABC en la calle del Conde de Lumiares de Valencia , donde han permanecido desde la anterior campaña electoral. El decreto de convocatoria de elecciones publicado este martes establece la fecha de inicio y de conclusión de la campaña electoral, que conforme a las modificaciones incluidas en la reforma electoral de 2016 sólo durará ocho días, en lugar de los quince habituales. Por tanto, comenzará a las cero horas del viernes 1 de noviembre y concluirá a las 24 horas del viernes 8 de noviembre. Así, hasta el viernes 1 de noviembre no es legal exhibir banderolas de propaganda como las que el PSOE mantiene en Valencia.
Precedente en las elecciones municipales
En España existen precedentes de casos similares. Así, la Junta Electoral de Zona de Guadalajara ordenó el pasado mes de mayo a los ayuntamientos y partidos políticos «la retirada de carteles y pancartas correspondientes a las elecciones anteriores».
La Junta Electoral estimó de esa forma, en un acuerdo adoptado por unanimidad, la reclamación de una candidata del partido Contigo Somos Democracia, que había solicitado la retirada de la propaganda de otras formaciones «por ser contraria su permanencia a la Ley Electoral».
La denuncia hacía referencia a la cartelería exhibida con motivo de las elecciones generales del 28 de abril -la misma que a día de hoy mantiene el PSOE en Valencia- y el perjuicio que suponía para otros partidos que no había concurrido a aquellos comicios ante la convocatoria de las municipales del 26 de mayo.
La presidenta del Congreso, Meritxell Batet , ha refrendado este martes en el Palacio de la Zarzuela el decreto firmado por el Rey de disolución de las Cortes y de convocatoria de las nuevas elecciones.
Sin embargo, la normativa no regula a quién corresponde la retirada de los carteles tras la celebración de los comicios. Con todo, la propaganda socialista en las calles de Valencia, además de ilegal, tiene los días contados. De hecho, la Ley establece que en el plazo de una semana desde la convocatoria oficial de las elecciones los Ayuntamientos «comunicarán los emplazamientos disponibles para la colocación gratuita de carteles y, en su caso, pancartas y banderolas a la correspondiente Junta Electoral de Zona». Esta entidad distribuye los lugares mencionados atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones equivalentes en la misma circunscripción.
Potestad de los ayuntamientos
Según la normativa electoral, «los Ayuntamientos tendrán la obligación de reservar lugares especiales gratuitos para la colocación de carteles y, en su caso, pancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistema llamado de banderolas». Así, «la propaganda a través de las pancartas y banderolas solo podrá colocarse en los lugares reservados como gratuitos por los Ayuntamientos».
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