Tribunales
El TSJ obliga al Gobierno valenciano a volver al decreto de plurilingüismo que aprobó el PP en 2012
El tribunal ordena a la Generalitat no aplicar una norma que considera «discriminatorio» para los alumnos que optan por el castellano
El sistema educativo valenciano vuelve al modelo aprobado en el año 2012 por el Gobierno del Partido Popular. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) considera que la Generalitat no está cumpliendo con la resolución judicial que acordó la suspensión cautelar en su integridad del decreto de plurilingüismo en la enseñanza no universitaria.
El TSJCV rechaza las explicaciones ofrecidas por la Conselleria de Eduación y ordena respetar la suspensión cautelar del decreto plurilingüismo, acordada tras el recurso presentado por la Diputación de Alicante.
Un auto de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo ordena como medida cautelar a la Conselleria de Educación dejar de aplicar ese decreto y volver a la situación anterior a su aprobación y deja sin efecto cualquier decisión acordada al amparo de este decreto suspendido cautelarmente.
Esta situación puede prolongarse hasta dos años , que es el plazo medio en el que suelen tardar en resolverse los recursos de esta índole, de acuerdo con fuentes judiciales.
La misma sección ya había acordado, en respuesta a un recurso del sindicato CSI-F , anular parcialmente el decreto al entender que discrimina a los alumnos que eligen el castellano ya que recibirían menos horas de inglés que aquellos que optan por la línea en valenciano.
La Conselleria de Educación ha explicado que, ante la orden judicial de volver al decreto de 2012, «la Generalitat cumplirá la resolución pero no la comparte» . Al respecto, fuentes del departamento que dirige Vicent Marzà resaltan que «a efectos prácticos esta sentencia afecta a alumnado que está matriculado el próximo curso en Educación Infantil de 3 años». «El resto de alumnos -insisten las fuentes- conntnúan con los programas lingüísticos que han tenido hasta hasta el curso 2016-2017».
La Generalitat, que anunció un recurso ante el Supremo por la suspensión del decreto, advierte de que «el objetivo de la Generalitat es garantizar y hacer efectivo el plurilingüismo en todo el alumnado valenciano».
El auto que ordena volver al modelo de 2012 está fechado este jueves después de que el pasado 14 de julio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal valenciano preguntara a la Conselleria por las acciones que estaba llevando a cabo para cumplir la paralización provisional del decreto y pedía que identificara la autoridad o funcionario responsable de hacer cumplir el auto de suspensión para exigir responsabilidades en el caso de que se apreciara desobediencia. A este escrito, la Abogacía de la Generalita t contestó con un informe en el que detallaba las medidas adoptadas.
Sin embargo, el TSJCV considera que la Conselleria de Educación no está cumpliendo el auto que suspendió cautelarmente el decreto de plurilingüismo y recuerda que dicha paralización afecta a la integridad del decreto y deja sin efecto todo lo acordado al amparo del mismo.
"Cuando se dicta una medida cautelar, no basta con dejar de desarrollar la norma suspendida, como se pretende por el letrado de la Generalitat, es necesario retrotraer sus efectos al momento del inicio de ese desarrollo normativo, esto es, no se trata de hacer revivir la Disposición Derogatoria del Decreto, sino de impedir un vacío legal", argumenta.
La resolución subraya que la suspensión del decreto " afecta a la totalidad del mismo y a todo lo que hubiera podido realizarse a su amparo, no solo a la notificación de los autos de suspensión". "Todo lo que regula el decreto debe dejarse sin efecto y retornarse a la legalidad anterior", incide.
El tribunal remarca que "la seguridad jurídica, l o que exige es claridad en la resolución de todo lo pendiente para el inicio del curso escolar en septiembre próximo y no un vacío normativo, como se pretende por la Generalitat Valenciana al insistir mantener lo resuelto en ejecución del decreto suspendido".
Respecto a la autoridad o funcionario responsable del cumplimiento de la suspensión, la sala identifica al secretario autonómico de Educación, Miquel Soler, por ser quien firma el informe que se presentó al TSJ.
«Agravio comparativo»
Este mismo jueves había trascendido que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha declarado la nulidad parcial del decreto al apreciar un «claro agravio comparativo» para los alumnos que eligen la enseñanza en castellano .
De esa forma, los magistrados de la Sección Cuarta estiman parcialmente el recurso interpuesto por el sindicato CSI-F y anulan la disposición adicional 5ª de la norma por entender que vulnera el derecho fundamental a la igualdad y el derecho a la educación reconocidos en los artículos 14 y 27 de la Constitución al discriminar a los alumnos que optan por una enseñanza mayoritariamente en castellano frente a los que eligen el valenciano como lengua vehícular ya que éstos últimos reciben más horas de docencia en inglés.
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