Covid-19
Nuevas restricciones en Valencia para el primer fin de semana sin cierre perimetral
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Última hora del coronavirus, la desescalada y las restricciones en la Comunidad Valenciana
Primer fin de semana sin cierre perimetral: los radares que más multan en la Comunidad Valenciana
La Comunidad Valenciana afronta el primer fin de semana completo sin el cierre perimetral , después de más de medio año, lo que propiciará los desplazamientos de visitantes de otras autonomías españolas.
El Gobierno presidido por Ximo Puig prorrogó la mayoría de las limitaciones, pese al fin del estado de alarma, aunque algunas medidas se relajaron para continuar con la desescalada «prudente y gradual».
A pesar de ser la autonomía española con menor incidencia del coronavirus, con 32,9 positivos por cada 100.000 habitantes , la Generalitat ha mantenido las restricciones para evitar que el incremento de la movilidad se traduzca en un aumento de contagios .
En este contexto, la Generalitat tratará de blindarse este fin de semana, con un refuerzo de los dispositivos policiales en los principales municipios turísticos y en las capitales de provincia, para controlar el cumplimiento de la normativa del Covid-19 .
Además, el Gobierno valenciano puso en marcha el pasado mes de julio un régimen sancionador para evitar la vuleración de las medidas para frenar la propagación del coronavirus, que contemplan multas de hasta 60.000 euros.
Estas son las restricciones del coronavirus que se mantendrán en la Comunidad Valenciana hasta el próximo 24 de mayo:
La limitación de la movilidad nocturna está activa desde las doce de la noche y hasta las seis de la mañana. Solo se permitirá estar en la calle en ese horario a personas que regresen a su domicilio desde su puesto de trabajo o acudan a trabajar, para asistir a centros sanitarios o para adquirir medicamentos o bienes de primera necesidad.
Es obligado el uso de la mascarilla en el paseo por los accesos a playas y a la orilla del mar. Además, está prohibido fumar .
Por contra, se permite no portar mascarilla durante el baño en el mar, la práctica de deporte en el medio acuático o los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo, siempre que haya una distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.
Los encuentros sociales se limitan a un máximo de diez personas no convivientes en los lugares públicos. Por su parte, en los domicilios y espacios privados, solo podrán reunirse diez personas de un máximo de dos núcleos de convivencia distintos.
Los establecimientos de hostelería y restauración deberán cerrar a las once y media de la noche. Podrán tener un aforo del cincuenta por ciento en el interior y del cien por cien en las terrazas. Las mesas solo podrán ser de un máximo de diez pesonas y no está permitido el uso de la barra. La clientela deberá portar mascarilla siempre que no consuma y está prohibido fumar.
Los locales comerciales podrán tener un aforo máximo del 75 por ciento. Los establecimientos y superficies comerciales cuya actividad sea la venta de productos mantendrán su horario autorizado, dentro del horario relativo a la circulación de las personas.
Las reuniones, celebraciones, encuentros religiosos, las ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas específicas en lugares de culto deberán tener un aforo máximo del 75 por ciento, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros.