Imagen de la terraza de un local de hostelería en Alicante JUAN CARLOS SOLER

T.J.

La Generalitat Valenciana ha anunciado las nuevas restricciones para contener el coronavirus en la región con la menor incidencia acumulada de España. Estas nuevas medidas entrarán en vigor el 26 de abril y contemplan cambios respecto a las que estarán en vigor hasta un día antes.

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La flexibilización de las limitaciones afecta, en concreto, a los locales de hostelería y restauración , que amplían su horario. También se extienden los aforos de las actividades culturales y de las ceremonias.

[Coronavirus Valencia en directo: calendario de la desescalada de las restricciones hasta el 9 de mayo]

Siguendo con el compromiso de realizar una desescalada gradual y prudente, el ejecutivo autonómico ha abogado por ampliar la vigencia tanto del toque de queda como del cierre perimetral de la Comunidad Valenciana hasta el 9 de mayo , fecha en la que decae el estado de alarma y en la que se ha anunciado que también finalizará ese perimetraje.

Los locales de hostelería y restauración pueden abrir sus terrazas con todo el espacio permitido y los interiores al 30% de su aforo hasta las 22 horas y con un máximo de seis personas por mesa. En el exterior la distancia entre mesas debe ser de 1,5 metros, mientras que en interiores se amplía a dos metros.

El servicio de comida a domicilio o de recogida en el local puede funcionar, con cita previa. El consumo en barra, los bufets, fumar o las actividades de música y baile siguen prohibidas.

En el caso de locales de ocio , podrán ejercer si su licencia lo permite, actividades de restauración y hostelería en las mismas condiciones que regulan las actividades de hostelería.

Reuniones con amigos y familiares

Las reuniones sociales están limitadas a dos grupos de convivientes en privado y a seis personas como máximo en público si no viven juntas, excepto en:

• Las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, como la atención y acompañamiento a personas menores de edad, personas mayores, en situación de dependencia, con diversidad funcional o en situación de especial vulnerabilidad.

• La convivencia alterna de hijos e hijas con sus progenitores o progenitoras no convivientes entre ellos.

• El acogimiento familiar de personas menores de edad en cualquiera de sus tipologías.

• La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes.

• Las personas que viven solas se podrán incorporar a otra única unidad de convivencia, siempre que en esta unidad de convivencia solo se incorpore una única persona que viva sola.

Cierre perimetral

La prohibición de entrar y salir de la autonomía sin causa justificada sigue vigente hasta el 9 de mayo . No afecta a las personas que se desplazan por motivos laborales, por causa mayor, para cuidar a dependientes o para regresar al domicilio en el que están empadronados.

Toque de queda

Confinamiento nocturno desde las 22 horas hasta la seis de la mañana . En esa franja horaria solo pueden transitar por la calle aquellas personas que van a trabajar, que tienen una urgencia médica o que se desplacen para atender a personas dependientes.

Comercios

Los comercios, con la mitad de su aforo, cierran a las 22 horas , excepto los esenciales o los departamentos de los mismos dedicados a alimentación, farmacia, higiene, ortopedias, óptica, servicios de peluquería y venta de alimentos para animales, que mantienen su horario habitual.

Cultura

En el caso de los cines, autocines, teatros, anfiteatros, auditorios, salas multifuncionales, salas de artes escénicas y circos el aforo máximo es del 75% -al igual que el de los museos y bibliotecas-, con el público sentado, y no se permiten las consumiciones.

Ceremonias y eventos

La permanencia en lugares de culto o las ceremonias no podrán superar el 50% de su aforo, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros, sin límite en el número de personas. Esto afecta también a los salones de banquetes .

Se mantiene la prohibición de celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes. Sin embargo, los eventos que puedan implicar aglomeración de personas se realizarán con las siguientes medidas:

Interiores: 75% de aforo y 500 personas de máximo.

Exteriores: 75% de aforo y máximo 1.000 personas.

Se pueden establecer cuatro sectores con servicios de baño, entrada y salida y hostelería diferenciados con 500 personas por sector.

- Distancia entre asientos de 1,5 metros.

- Entradas y salidas escalonadas.

- Ni alimentos ni bebidas (excepto agua) fuera de la zona de restauración.

- No se puede fumar ni dispositivos electrónicos de inhalación o similares.

Deporte

Se puede practicar deporte en instalaciones deportivas al aire libre, sin contacto, con un máximo de seis personas . La mascarilla no es obligatoria en este caso. Las actividades dirigidas por un profesional tienen que realizarse en grupos de máximo 20 personas, al aire libre, y 10, en recintos cerrados.

En gimnasios y pabellones cerrados, el aforo máximo es del 30% -el 50% en piscinas- y la mascarilla sí es obligatoria. Estos espacios cierran a las 22 horas. Los vestuarios están habilitados con su ocupación restringida a un tercio, al igual que las duchas si son individuales.

Uso de la mascarilla

Los mayores de seis años en adelante están obligados al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

El uso de la mascarilla también es obligatorio en los medios de transporte , tanto aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

Es obligatorio el uso de la mascarilla en el paseo por los accesos a playas , lagos y demás entornos naturales, así como el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos. También es obligatoria en el uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.

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