Imagen del cierre de locales en los minutos previos al toque de queda en Valencia MIKEL PONCE
Toni Jiménez

Toni Jiménez

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El toque de queda y las nuevas restricciones que entraron en vigor este sábado y hasta el 9 de diciembre en la Comunidad Valenciana no están exentas de multas en caso de que no se cumpla con lo estipulado en la resolución de la Generalitat.

[Estado de alarma y toque de queda en Valencia: horarios, multas y nuevas restricciones]

El Consell vincula esas posibles sanciones al decreto, publicado hace tres meses, que regula el cumplimiento de las medidas de seguridad y prevención contra el coronavirus en toda la región.

¿Qué pasa si me salto el toque de queda? El incumplimiento del confinamiento general -entre la medianoche y las seis de la mañana- se considera infracción leve y será sancionado con multas de 60 hasta 600 euros , según lo establecido en el Decreto ley 11/2020, de 24 de julio.

Solo pueden transitar por la calle aquellas personas que vayan a trabajar, que tengan una urgencia médica o que se desplacen para atender a personas dependientes.

[Toque de queda: la primera noche fantasma desde el 23-F]

Por otro lado, las reuniones sociales o fiestas ilegales -limitados a un máximo de seis personas si no son convivientes- se consideran infracción grave y pueden acarrear multas de entre 601 y 30.000 euros. Si además se encuentran presentes personas mayores de 65 años o menores de edad, la infracción se califica como muy grave y las sanciones oscilarían entre los 30.001 y los 60.000 euros.

Imagen de una calle vacía durante la primera noche de toque de queda en Valencia MIKEL PONCE

Sanciones de hasta 60.000 euros para bares y restaurantes

No cumplir con la distancia o con el máximo de personas dictado por mesas puede costar a los bares y restaurantes entre 601 y 30.000 euros y hasta el cierre del local durante seis meses. La misma cantidad que si no respetan los horarios, el aforo o las medidas de seguridad contra el Covid-19, en el caso de que se ponga en peligro de contagio a más de 15 personas.

Si hablamos de un establecimiento que alberga a más de 150 clientes, la infracción se califica de muy grave y por tanto la sanción, además de una multa económica de 30.001 a 60.000 euros, podría suponen la clausura del local por un período máximo de tres años.

No hay que olvidar, además, que sigue vigente la obligación de llevar mascarilla en la calle y en espacios públicos. No utilizarla nos puede costar un máximo de 100 euros.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación