Economía

Un matrimonio valenciano abre una vía de exención en la Renta para pensiones por incapacidad del extranjero

La Agencia Tributaria les reclamaba una cantidad de 4.500 euros por no tributar un pago proveniente de Francia

Un matrimonio valenciano abre una nueva vía de exención en Renta para pensiones por incapacidad ABC

David Maroto

Se enfrentaron a Hacienda y, contra todo pronóstico, ganaron. Un matrimonio valenciano ha conseguido que la Agencia Tributaria anule una deuda de 4.500 euros por la Renta de 2017 respecto a una pensión por incapacidad proveniente del extranjero. Un caso que, según sus propios abogados, «abre un precedente legal para miles de casos en España».

Julio y Elena -nombres ficticios para preservar el anonimato de los afectados-, se mudaron a trabajar a Francia en la década de los 90, donde permanecieron durante un par de años hasta que a principios de los 200 volvieron a Valencia . Ambos tienen una incapacidad permanente absoluta que, actualmente, les impide trabajar.

El hombre sufre leucemia en estado avanzado y se encuentra en tratamiento con quimioterapia, mientras que su mujer padece desde hace siete años el síndrome de Brugada , una malformación cardiaca de origen genético que puede provocar síncopes o incluso la muerte súbita.

A finales del año pasado, el matrimonio recibió una carta de Hacienda a través de la que el organismo público les reclamaba cerca de 4.500 euros correspondientes a la Declaración de la Renta de 2017 . Según el bufete Benlliure Salañer, su cliente ya cobraba una pensión por su enfermedad en España y, por el mismo concepto, recibía una de Francia.

Sin embargo, explican, que Hacienda sólo le reconocía la exención de la pensión española y le requería directamente este pago por no haber tributado por la que recibía de Francia. « La pareja se temió lo peor pues pensaron que el ente público podría reclamarles una cantidad similar por declaraciones anteriores, generando una deuda superior de 20.000 euros», declara el letrado Juan Luis Benlliure.

«No había nada que hacer»

En casos similares, el Tribunal Supremo siempre ha dado la razón a la Agencia Tributaria, algo que llevó a este abogado a consultar a diferentes asesores de la Seguridad Social como a especialistas en la materia de pensiones en el extranjero. «Todos coincidían en que no había nada que hacer», alude.

Todo parecía en contra, incluso al presentar la declaración de la Renta de manera conjunta se dispararon las cantidades que debían abonar, pero consiguieron encontrar el resquicio para dar un vuelco a la batalla burocrática: Hacienda debe reconocer la exención en la Renta de la pensión extranjera si la Seguridad Social española ha examinado previamente la salud del contribuyente.

Respecto al matrimonio valenciano, la mujer antes de solicitar la pensión en Francia ya había recibido el visto bueno de la Seguridad Social respecto a su incapacidad, «por lo que no tenía sentido que ahora Hacienda pidiera una segunda revisión por las cantidad cobradas en el país vecino», asevera Benlliure.

Así, el abogado basó principalmente en este argumento el recurso presentado ante Hacienda, por el que esta misma semana recibieron la notificación de la Agencia Tributaria relativa a la anulación de la cantidad solicitada.

«La conclusión es que Hacienda debe reconocer la exención en Renta de las pensiones extranjeras si la Seguridad Social española ha examinado previamente la salud del contribuyente , y haya reconocido su incapacidad permanente», concluye Benlliure, quien reconoce que con la estimación del recurso ganado «se sienta un precedente legal del que podrían beneficiarse en un futuro miles de contribuyentes».

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