Covid-19
La Justicia valenciana avala la prórroga del toque de queda para impedir el botellón
Coronavirus Valencia en directo: nuevas restricciones y toque de queda vigentes hasta el 7 de junio
Última hora del coronavirus, la desescalada y las restricciones en la Comunidad Valenciana
Ximo Puig anuncia la prórroga del toque de queda en Valencia con el aval de la Justicia
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha autorizado la prórroga del toque de queda nocturno solicitada por la Generalitat, al considerar que esta limitación sirve para impedir el botellón.
[Coronavirus en directo: horario del toque de queda y restricciones hasta el 7 de junio]
Asimismo, la Sala ha dado el visto bueno a las otras limitaciones que afectan a los derechos fundamentales , como la limitación de las agrupaciones o reuniones de carácter familiar y/o social a un número máximo de 10 personas, tanto en espacios públicos como privados, y la reducción al 75 por ciento del aforo en los lugares de culto.
De esta forma, la Justicia ha vuelto a autorizar las restricciones , igual que hizo el pasado 7 de mayo, antes de que finalizara el estado de alarma. La situación epidemiológica en la autonomía, sin embargo, ha mejorado en los últimos quince días.
Concretamente, en estos momentos la incidencia acumulada del coronavirus en la Comunidad Valenciana es de 29,8 contagios por cada 100.000 habitantes; mientras que el 7 de mayo era de 40,5 positivos.
El auto, notificado este sábado y que cuenta con el voto particular de un magistrado que discrepa de la mayoría de integrantes de la sección, reitera algunos de los razonamientos jurídicos expuestos en anteriores resoluciones -27 de octubre de 2020 y 7 de mayo de 2021-.
En concreto, la Sección Cuarta del TSJCV argumenta que el toque de queda nocturno -que estará vigente entre la una y las seis de la madrugada- presenta una eficacia «mucho mayor» que las demás medidas existentes para «intentar impedir la actividad de ocio nocturno conocida como botellón ».
En este sentido, añade que esta reducción del botellón se refleja en un informe de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Valenciana aportado a los autos.
Asimismo, la Sala determina que las medidas propuestas «cumplen los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad » y encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
Por otro lado, no aprecia que sus conclusiones puedan resultar «contradictorias o incompatibles» con el pronunciamiento que ha adelantado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo este viernes, en relación al recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto del TSJ de dicha comunidad autónoma que denegaba la ratificación de confinamientos perimetrales en las islas.
Igualmente, el Tribunal sostiene que las medidas propuestas por la Generalitat Valenciana son «proporcionadas» y están «orientadas a una transición más inteligente, procurando una desescalada progresiva y enfocada al corto plazo».
«La extensión del inicio de la limitación horaria de movilidad va a permitir también la ampliación horaria del cierre de otros establecimientos , singularmente la hostelería y la restauración», precisa el auto.
En definitiva, a juicio de la Sala, las nuevas restricciones «siguen avanzando en el proceso de desescalada» y son «equilibradas» por «derivarse de ellas más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto».
Sin embargo, el auto matiza que la autorización concedida en esta resolución -que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo- no anticipa la valoración que la Sala pueda hacer en el futuro sobre situaciones posteriores, «sobre todo si se consolida la buena situación de los datos de incidencia acumulada , y máxime teniendo en cuenta el buen ritmo de vacunación que llevamos».