Tribunales

Los jueces valencianos rechazan la reforma del CGPJ de PSOE y Podemos: «Se aleja de modo radical de la doctrina constitucional»

La Sala de Gobierno del TSJCV considera que la pretensión de que los doce vocales sean elegidos por mayoría absoluta compromete la independencia del órgano

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Imagen de la Ciudad de la Justicia de Valencia MIKEL PONCE
Toni Jiménez

Toni Jiménez

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«Compromete la independencia» y «lesiona la imagen» de la Justicia. Con esas palabras muestran su rechazo los miembros de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) a la iniciativa de PSOE y Unidas Podemos que pretende cambiar la ley para poder renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con mayoría absoluta en el Congreso y el Senado, en lugar de los tres quintos que actualmente son necesarios.

En un escrito, los miembros de la Sala explican que pese a que la sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de agosto de 1986 encomienda al legislador la labor de adaptar el sistema de elección de aquellos vocales a la realidad del momento, también fija expresamente «la exigencia de una mayoría cualificada de tres quintos de cada cámara para tal elección».

Por tanto, aseguran, «la pretensión de que los doce vocales de extracción judicial sean elegidos por una simple mayoría absoluta se aleja de modo radical de la doctrina constitucional , quebranta los presupuestos que legitiman la elección parlamentaria de estos vocales, compromete la independencia del Consejo General del Poder Judicial y lesiona de modo inadmisible la imagen de independencia del Poder Judicial».

En clara alusión al veto del PP a pactar con Unidas Podemos -socio de coalición del PSOE en el Ejecutivo- la renovación de todos los vocales de este órgano, los jueces valencianos instan a los responsables políticos a « alcanzar los oportunos acuerdos , apartándose de soluciones que mermen aún más» su independencia.

Por último, señalan que «es inexcusable apartar este órgano de cualquier confrontación política , pero la respuesta a esta necesidad no puede darse con medidas que implican la ihhabilitación del CGPJ para el cumplimiento de las funciones constitucionales a las que viene llamado».

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