Imagen de personas con mascarilla en un punto de vacunación del coronavirus en Alicante JUAN CARLOS SOLER
Irene Medina

Irene Medina

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Este lunes 26 de abril han entrado en vigor las nuevas restricciones por el coronavirus en la Comunidad Valenciana, para las que la Generalitat relajó algunas de las medidas que estaban vigentes, aunque prorrogó las limitaciones de movilidad más duras, como el cierre perimetral y el toque de queda .

De esta forma, las restricciones actuales se mantendrán durante quince días más, hasta el próximo 9 de mayo, fecha en la que finaliza el estado de alarma , que el Gobierno no prorrogará.

En este contexto, según indicó el jueves el presidente de la Generalitat, Ximo Puig , el próximo 4 de mayo volverá a reunirse la Mesa Interdepartamental de gestión del Covid-19 para evaluar la situación epidemiológica y decidir las próximas restricciones.

En el caso de que se mantenga la buena evolución de la pandemia en la Comunidad Valenciana, que en estos momentos se mantiene con una incidencia acumulada de 40 contagios por cada 100.000 habitantes y es la más baja de España, se prevé que decaigan limitaciones como el cierre perimetral el próximo 9 de mayo.

«Esta será la última quincena antes de que acabe el estado de alarma y comience una nueva fase, un nuevo tiempo de esperanza marcado por la proximidad del verano y el avance de la vacunación », señaló Puig.

Sin embargo, el jefe del Consell insistió en aplicar una «apertura gradual y responsable» para actuar con «prudencia máxima y proporcionalidad». Por ello, apuntó que las restricciones se irán aminorando «a medida que la situación lo permita».

Ximo Puig ha reiterado la capacidad del Gobierno valenciano de aplicar determinadas limitaciones una vez finalizado el estado de alarma, que serían avaladas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) , en el marco de la pandemia del coronavirus. De hecho, se prevé que algunas restricciones se alarguen hasta el mes de junio , antes de la temporada turística .

Estas son las restricciones por el coronavirus en la Comunidad Valenciana que han entrado en vigor este 26 de abril:

La ciudadanía no tiene permitido ni entrar ni salir de la Comunidad Valenciana sin causa justificada.

Toque de queda

La movilidad nocturna está prohibida desde las diez de la noche hasta las seis de la mañana, salvo por causas como el desplazamiento al lugar de trabajo.

Hostelería

Los bares y restaurantes pueden abrir hasta las diez de la noche, cuando comienza el toque de queda. Las mesas pueden ser de un máximo de seis personas y el aforo es del treinta por ciento en los interiores y completo en las terrazas. La clientela debe llevar siempre la mascarilla y no está permitido el uso de la barra.

En el caso de locales de ocio, podrán ejercer si su licencia lo permite como actividades de restauración y hostelería en las mismas condiciones que regulan los bares y restaurantes.

Reuniones sociales

Los encuentros con amigos o familiares se limitan a un máximo de seis personas no convivientes en los espacios públicos. En los domicilios, podrán juntarse dos núcleos de convivencia.

Comercio

Los locales comerciales podrán abrir hasta las diez de la noche y el aforo se amplía al 75 por ciento.

Deporte

La actividad física individual o dirigida por un profesional se podrá producir en grupos de 20 personas en recintos abiertos y de 10 en recintos cerrados.

Las actividades deportivas y eventos con público -excepto entrenamientos que se mantienen sin público- tendrán un máximo de asistentes de 1.000 personas en instalaciones abiertas y 500 en cerradas; y la participación de deportistas será de 1.000 en instalaciones abiertas y 300 en cerradas.

En los gimnasios y pabellones cerrados, se mantiene el aforo del cincuenta por ciento y es obligatorio utilizar mascarilla.

Actividades culturales

Los cines, autocines, cines de verano, teatros, anfiteatros, auditorios, salar de artes escénicas y circos; bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, galerías de arte y otros equipamientos culturales aumentan su aforo al 75 por ciento.

Eventos

Se mantiene la prohibición de celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes.

En cuanto a los eventos permitidos y que puedan implicar aglomeración de personas, se realizarán con un aforo máximo del 75 por ciento y 500 personas de máximo en interiores y 1.000 en exteriores. Se pueden establecer cuatro sectores con servicios de baño, entrada y salida, y hostelería diferenciados con 500 personas por sector. Además, la distancia entre asientos será de 1,5 metros, y las entradas y salidas serán escalonadas.

No se permite ni alimentos ni bebidas (excepto agua) fuera de la zona de restauración, y tampoco se puede fumar ni utilizar dispositivos electrónicos de inhalación o similares.

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