Imagen de personas sin mascarilla por el centro de Valencia ROBER SOLSONA
Irene Medina

Irene Medina

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Este sábado 26 de febrero se ha flexibilizado el uso de la mascarilla al aire libre en España. Esta nueva norma provoca ligeros cambios en las restricciones establecidas por el coronavirus en la Comunidad Valenciana.

El decreto aprobado por el Consejo de Ministros el jueves modifica la Ley 2/2021, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis del Covid-19.

De esta forma, podrá no usarse la mascarilla al aire libre siempre que se pueda guardar la distancia mínima de un metro y medio entre personas no convivientes, aunque esto no implica el fin de uso de estas prendas .

La mascarilla, como ha recordado este sábado el presidente de la Generalitat, Ximo Puig , deberá seguir usándose en espacios cerrados de uso público, como centros de salud o colegios. También lo será en espacios cerrados abiertos al público como mercados o farmacias y en transportes públicos y privados complementarios de personas no convivientes de hasta nueve plazas.

Igualmente, la mascarilla es obligada en eventos multitudinarios al aire libre de pie. No cumplir con las nuevas normas de uso puede acarrear multas económicas a la ciudadanía.

Estas son las restricciones actuales en la Comunidad Valenciana y las multas por incumplirlas:

La mascarilla es obligada en espacios interiores, como los supermercados, y al aire libre cuando no se pueda garantizar la distancia de 1,5 metros o haya aglomeraciones.

Incumplir esta norma puede acarrear una multa de 100 euros .

Los establecimientos de hostelería podrán abrir hasta la una de la madrugada , con una limitación de aforo del 50 por ciento en interiores y aforo completo en la terraza. No obstante, la distancia entre mesas deberá ser de 1,5 metros en exteriores y de 2 metros dentro del local. Las mesas solo podrán tener un máximo de diez personas y está prohibido el consumo en barra.

Estos locales, igual que los del ocio nocturno, también se enfrentan a distintas sanciones por incumplir la normativa. En el caso de no cumplir con la distancia de seguridad marcada o con el máximo de personas por mesas podrían ser sancionados con entre 601 y 30.000 euros y hasta el cierre del local durante seis meses.

En el supuesto de que no respeten los horarios de cierre, el aforo o las medidas de seguridad contra el coronavirus si se pone en peligro de contagio a más de 15 personas, se enfrentan a multas de entre 601 y 30.000 euros.

Por otra parte, en establecimientos que alberguen a más de 150 clientes, la infracción se califica de muy grave y por tanto la sanción, además de una multa económica de 30.001 a 60.000 euros , podría suponer la clausura del espacio por un período máximo de tres años.

Las discotecas, pubs y salas de baile deberán cerrar a las dos de la mañana. La limitación de aforo es igual que la de los bares y restaurantes -cincuenta por ciento en interiores y cien por cien con la respectiva distancia entre mesas-, aunque dentro de los locales solo podrán juntarse seis personas por mesa. El consumo deberá ser siempre sentado y no está permitido el baile .

Se enfrentan a las mismas posibles multas que los locales de hostelería.

Fumar

Está prohibido fumar en la vía pública , terrazas, playas u otros espacios al aire libre siempre que no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros . Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.

Actividades culturales

Los cines, teatros, auditorios, parques temáticos o zoológicos tendrán un aforo máximo del 75 por ciento. Además, en estos espacios ya se pueden consumir alimentos y bebidas .

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