Alicante
El detenido por desmantelar un barco en Altea «cumplió órdenes» del representante legal de la armadora-empleadora
El barco fue precintado por la Guardia Civil el 14 de noviembre de 2017, posteriormente a la retirada de los bienes
El hombre de 46 años detenido en la localidad de Altea por la Guardia Civil por, presuntamente y según el comunicado remitido por el Instituto Armado el pasado 17 de marzo, desmantelar un barco que estaba precintado por orden judicial , «fue empleado hasta el día 29 de diciembre de 2017 de la sociedad anteriormente propietaria del buque en cuestión con base en el Puerto Deportivo Luis Campomanes » del municipio alicantino, de acuerdo con un escrito de sus abogados remitido a ABC.
Así, de acuerdo con los letrados, el detenido -que conforme informó la Guardia Civil y reflejó este periódico quedó en libertad tras pasar a disposición judicial- «cumpliendo órdenes expresas del representante legal de la mercantil empleadora-armadora, contrató los servicios de una empresa de la localidad de Villajoyosa al objeto de desmontar y retirar del interior del citado barco determinados bienes muebles, enseres y aparatos de navegación, quién procedió a efectuar los trabajos el día 25 de septiembre de 2017, encontrándose presente el representante legal de la mercantil empleadora-armadora, para con posterioridad ser depositados todos ellos en un trastero sito en el Puerto Deportivo Luis Campomanes , previamente alquilado siguiendo las mismas órdenes».
Según el escrito remitido por los abogados del detenido, «los aparatos indispensables para la navegación fueron retirados por personal de la empresa mantenedora de los motores siendo posteriormente entregados a la empresa armadora».
De acuerdo con la información suministrada por los letrados, «el citado barco fue precintado por la Guardia Civil a las 9 horas del día 14 de noviembre de 2017, es decir, posteriormente a la retirada de los bienes, enseres y aparatos de navegación del mismo, sin que por lo tanto medie delito alguno de robo , apropiación indebida, sustracción, obstrucción a la justicia o ánimo de lucro en su conducta, realizando tales acciones cumpliendo las instrucciones de trabajo expresamente ordenadas por el representante legal de la mercantil armadora constando el precinto de la autoridad en fecha posterior a la retirada del mobiliario».