Covid-19

¿Cuándo me pueden multar por incumplir las medidas contra el coronavirus en la Comunidad Valenciana?

La Conselleria de Justicia ha lanzado una aplicación móvil con la guía completa de las sanciones, dudas o infracciones que la población puede cometer durante la pandemia del Covid-19

Última hora del coronavirus y los rebrotes en la Comunidad Valenciana

Imagen tomada en agosto en la que jóvenes en Valencia atienden a las indicaciones de un guía turístico ROBER SOLSONA

A.P.

La Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública de la Generalitat Valenciana ha lanzado una guía de diez preguntas y respuestas para resolver, según ha comunicado, «de forma clara, rápida, veraz y gratuita» las dudas frecuentes del decreto sancionador aprobado por la Generalitat para el cumplimiento de las medidas preventivas sanitarias que contribuyan a contener nuevos contagios del COVID.

La guía está disponible en castellano y valenciano en la aplicación «GVA Responde» desde este miércoles 2 de septiembre y se podrá consultar en la web de Justicia para facilitar el acceso y el conocimiento a la ciudadanía.

¿Cuáles son las infracciones que son objeto de sanción y que puede cometer la población valenciana que haya sido ordenada a cumplir cuarentena?

En la aplicación «GVA Responde» se detallan las infracciones:

- Si se trata de personas negativas en Covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confirmado, se comete una infracción de carácter grave si se ha incumplido la cuarentena obligatoria , así como el incumplimiento del confinamiento decretado.

- La infracción de carácter muy grave se comete «con el incumplimiento reiterado» de aislamiento domiciliario o, en su caso, del confinamiento decretado, en personas que hayan dado positivo en Covid-19 , si este comporta daños graves para la salud pública.

- Será infracción leve cuando se supere el aforo máximo en establecimientos abiertos al público y no suponga riesgo de contagio o este afecte a menos de 15 personas.

- En el caso de que se incumpla los límites de aforo y suponga un grave riesgo de la transmisión de la enfermedad para la salud de la población que afecte a más de 150 personas , se considerará infracción muy grave.

- También se considera infracción muy grave los casos de incumplimiento del aforo máximo cuando en el establecimiento o lugar de la actividad se hallen presentes menores de edad o personas mayores de 65 años .

- En el caso de que se organicen fiestas, reuniones o equivalentes, los participantes podrán ser sancionados de forma grave cuando se constate que impiden la adopción de medidas sanitarias de prevención del coronavirus o el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.

- Si, además, en el caso anterior se hallan presentes menores de edad o mayores de 65 años , será considerada infracción muy grave.

- En general, el incumplimiento de las medidas de seguridad e higiene sanitarias relacionadas con el Covid-19 en espacios públicos o privados y no supongan un riesgo de contagio o afecte a menos de 15 personas , se considera infracción leve.

- Cuando se considere en el caso anterior que hay riesgo de contagio o afecta a más de 15 personas el incumplimiento de las medidas, se considera infracción grave, y de carácter muy grave si supone un riesgo de contagio que afecta a más de 150 personas .

Resolución de dudas

La puesta en marcha del decreto sancionador en la Comunitat ha puesto de manifiesto algunas dudas, especialmente por el uso indebido de la mascarilla y su obligatoriedad en espacios abiertos o cerrados, así como cuestiones relacionadas con establecimientos y los límites de aforo.

En este sentido, la guía analiza el decreto y extrae la información precisa en formato de pregunta y respuesta para facilitar las posibles aclaraciones a la ciudadanía. Además, detalla situaciones muy precisas en las que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, policías locales y Policía Autonómica pueden imponer las multas , sobre todo referidas al uso obligatorio de las mascarillas, motivo principal de las sanciones impuestas en el primer mes de vigencia del decreto y que ponen en riesgo la salud de la ciudadanía.

La App GVA Respond e se actualiza diariamente por el cuerpo de inspectores y personal de la Dirección General de Planificación Estratégica, Calidad y Modernización de la Administración Pública de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública.

App para combatir bulos

GVA Responde es la primera aplicación móvil, compatible con tablets y otros dispositivos móviles, que resuelve de forma clara y veraz las dudas más frecuentes (no sanitarias) relacionadas con la COVID. La Conselleria de Justicia la puso en marcha en el mes de abril y durante estos cinco meses ha tenido más de 46.000 descargas.

El procedimiento de descarga es sencillo y gratuito a través de los dispositivos Android (descargar aquí ) e IOS (descargar aquí ).

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