Imagen tomada este lunes en una terraza de Alicante JUAN CARLOS SOLER
Irene Medina

Irene Medina

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La Comunidad Valenciana se encuentra inmersa en la segunda ola del coronavirus y, de hecho, en un mes se ha triplicado la presión asistencial a causa de los nuevos contagios y ha duplicado la incidencia acumulada y la positividad.

A pesar de que la incidencia acumulada en los últimos catorce días ha descendido ligeramente (pasando de 252 a 297 contagios por cada cien mil habitantes, esta cifra se aproxima al nivel 4 , fijado a partir de 250 por el Ministerio de Sanidad . Además, la tasa de positividad de las pruebas de diagnóstico alcanza el 17,6 por ciento, en nivel extremo al superar el umbral del quince por ciento.

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Asimismo, el incremento de ingresos hospitalarios registrado sitúa a la autonomía valenciana en el nivel 4, de riesgo muy alto . En concreto, las camas ocupadas por pacientes con coronavirus alcanzan el quince por ciento; mientras que en las camas UCI la ocupación de pacientes con Covid-19 es del 25,5 por ciento. Estas cifras superan el umbral del quince por ciento de pacientes ingresados con coronavirus y del 25 por ciento de las camas de UCI que marca el Ministerio de Sanidad.

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Este lunes se registró la cifra más elevada de fallecimientos por coronavirus en la segunda ola de la pandemia, con 26 muertes . En este contexto, se está produciendo un debate en el seno del gobierno valenciano en el que C ompromís aboga por ampliar las restricciones y pone como ejemplo a otros países y comunidades autónomas, como Francia, Alemania, Murcia o País Vasco. A las regiones con más limitaciones se sumó Andalucía, que este martes amplió el confinamiento nocturno de diez de la noche a siete de la mañana y cerró toda la actividad no esencial a partir de las seis de la tarde.

Así, estas son las medidas en vigor en la Comunidad Valenciana:

Cierre perimetral

No será posible entrar o salir de la Comunidad Valenciana hasta el 20 de noviembre.

Toque de queda

La limitación de movilidad nocturna desde las doce de la noche hasta las seis de la mañana continúa vigente hasta el 9 de diciembre.

Municipios confinados

Se ha establecido el confinamiento perimetral en los municipios alicantinos de Petrer y Elda , que estará en vigor durante catorce días, hasta el 20 de noviembre.

Imagen de un comercio de Alicante cerrado por la pandemia del coronavirus JUAN CARLOS SOLER

Hostelería

El consumo en el interior de los bares y restaurantes no podrá superar un tercio del aforo y el consumo en las terrazas no podrá superar el cincuenta por ciento. Continúa sin permitirse el consumo en barra y tampoco están permitidos los servicios tipo «self-service» o «bufet». Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

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Ocio nocturno

Continúa suspendida la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas. Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

Eventos multitudinarios

No se autoriza ningún tipo de evento o de actividad multitudinaria. No entran dentro de esta categoría los actos culturales incluidos en la programación ordinaria, habitual de los locales y establecimientos culturales y artísticos que cuenten con protocolos suficientes. Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

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Hoteles

En los establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos el aforo será de un tercio. En los que ofrecen habitaciones y equipamientos colectivos, las personas de distintos grupos de convivencia no podrán pernoctar ni utilizar simultáneamente los servicios colectivos. Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

Parques y jardines

Los jardines y espacios de esparcimiento al aire libre siguen estando cerrados desde las diez de la noche hasta las ocho de la mañana y se limita el aforo en los parques infantiles al cincuenta por ciento, con una distancia de seguridad de metro y medio. Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

Velatorios, entierros y celebraciones

El aforo deberá ser de un tercio, con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o de quince personas en espacios cerrados. Para las celebraciones no religiosas el aforo será de un tercio, con un límite de 25 personas al aire libre o quince en espacios cerrados. Estarán en vigor hasta el 9 de diciembre.

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Actividades festeras

En las actividades festeras y tradicionales no se podrá superar el número máximo de seis personas, excepto para funciones propias de gestión y administración. No se abrirán al público en ningún caso. Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

Comercio

Los locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no formen parte de centros y parques comerciales tendrán un aforo del cincuenta por ciento . Asimismo, en los centros comerciales el aforo está limitado al cincuenta por ciento tanto en los locales como en las zonas comunes, que solo se utilizarán para el tránsito de clientes. Estarán en vigor hasta el 9 de diciembre.

Cines y teatros

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actos culturales y espectáculos al aire libre tendrán una limitación del cincuenta por ciento. En su interior no se podrá comer ni beber y los asientos tendrán que ser preasignados con identificación de cada ocupante. En cualquier caso, el público permanecerá sentado.

Asimismo, los museos y salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales serán accesibles para el público para su visita individual, de convivientes o de grupos de hasta seis personas sin que en ningún caso se supere el cincuenta por ciento de su aforo; al igual que en las bibliotecas y archivos. Estarán en vigor hasta el 9 de diciembre.

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Congresos

En los congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos se recomienda su realización telemática y los que se organicen de manera presencial no superarán el cincuenta por ciento del aforo. Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

Actividad deportiva

En la actividad deportiva no profesional ni federada se podrá practicar deporte por parejas sin contacto físico. Se podrán realizar actividades en grupos hasta un máximo de treinta personas, en instalaciones abiertas, y hasta veinte personas, en instalaciones cerradas. Sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y sin superar un tercio del aforo máximo. Las competiciones y eventos deportivos se realizarán sin público.

Las piscinas deberán respetar el límite de un tercio de su capacidad de aforo para las piscinas cerradas y del cincuenta por ciento en piscinas al aire libre tanto en lo relativo a su acceso como a la práctica recreativa.

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En ninguno de los casos se permite el uso de vestuarios ni duchas. Estarán en vigor hasta el 9 de diciembre.

Consumo de tabaco

En cuanto al consumo de tabaco y asimilado, no se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de dos metros. Estará en vigor hasta el 9 de diciembre.

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