Tribunales
Condenan al exalcalde socialista de Alicante Gabriel Echávarri por prevaricación
El antiguo dirigente troceó contratos de publicidad por un importe de 189.000 euros y tuvo que dimitir tras despedir a una cuñada del concejal del PP que denunció el caso
El exalcalde socialista de Alicante Gabriel Echávarri ha sido condenado a ocho años y medio de inhabilitación por prevaricación administrativa continuada en el fraccionamiento de contratos de publicidad en su departamento de Comercio , por un importe global de algo más de 189.000 euros .
La Audiencia de Alicante también considera responsables de estas irregularidades a dos asesores del exalcalde, Pedro de Gea y Lalo Díaz , condenados a ocho y medio, y siete años de inhabilitación, respectivamente.
El conocido como «caso Comercio» provocó la dimisión de Echávarri cuando fue imputado también en otra causa judicial, después de que el exalcalde despidiera a una funcionaria interina por ser la cuñada del portavoz del PP , Luis Barcala, actual alcalde de Alicante, porque había denunciado las irregularidades en los contratos.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de diez días ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
«Arbitrariamente»
La Sala ha declarado probado que los tres acusados “actuaron arbitrariamente” al adjudicar, entre noviembre y diciembre de 2016, un total de 25 contratos menores desde la Concejalía de Comercio, competencia que tenía delegada entonces el propio alcalde. A su juicio, al operar de ese modo, beneficiaron “siempre y únicamente” a profesionales elegidos “por propia voluntad del alcalde y de sus asesores”, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
De acuerdo con la sentencia, de esas 25 facturas, nueve “ superan la mera irregularidad administrativa ”. Son las correspondientes al pago de la financiación y promoción publicitaria de la Gala de los Premios del Comercio 2016 y las incluidas en un bloque destinado a la renovación de cartelería de dos mercados municipales y un mercadillo.
Para los magistrados, en el caso de esas nueve facturas, los acusados “contravinieron, consciente y plenamente, los principios de la contratación relativos a la libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia, no discriminación e igualdad de trato de todos los ciudadanos, cercenando el logro de un eficiente uso de los fondos públicos, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa”.
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