Tribunales
Condenan a 22 años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de sus dos hijas menores con discapacidad
Los hechos ocurrieron en 2016 en el domicilio familiar mientras la madre se hallaba postrada en la cama y medicada
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a penas que suman 22 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de forma continuada de sus dos hijas menores de edad y que sufrían una discapacidad psíquica.
La sentencia le impone también la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse por cualquier medio con cada una de las víctimas durante diez años, una medida de libertad vigilada de ocho años y la privación de la patria potestad. También le condena a indemnizar a cada niña con 10.000 euros por daños morales. La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Los hechos ocurrieron a lo largo de 2016 en el domicilio que compartían el ahora condenado, su exmujer, de la que se había divorciado dos años antes, y las dos menores, que tenían entonces 11 y 13 años y sufren una discapacidad psíquica del 39 por ciento . Todos convivían en el domicilio pese a la separación dadas las circunstancias familiares.
El Tribunal ha declarado probado que el hombre se aprovechó de esa discapacidad, de su relación de parentesco y de la «influencia y dominio« que ejercía sobre las pequeñas para someterlas a distintas prácticas sexuales.
La madre de las niñas, que desconocía los hechos, se hallaba prostrada en la cama y tomaba por las noches una medicación muy fuerte para poder dormir profundamente, según se relata en la resolución judicial. La mujer, de baja laboral y en tratamiento por depresión y fibromialgia, estaba en muchas ocasiones aislada en el interior de su dormitorio que no compartía con el procesado.
Los abusos fueron descubiertos en diciembre de 2016 cuando una de las menores se lo contó a una profesora y a la directora del centro donde estudiaban, según la sentencia facilitada por el TSJCV.
La Sala considera al padre autor de dos delitos continuados de abusos sexuales cometidos contra menores de 16 años y le impone por cada uno de ellos una pena de 11 años de prisión.
Para la Sala, existe «prueba de cargo suficiente que conduce al convencimiento indudable (sin duda razonable relevante alguna) acerca de la realidad de los hechos declarados probados», pese a divergencias en la declaración de las menores y en las exploraciones, aunque apunta que «siempre han referido que eran sometidas a prácticas sexuales diversas por su padre», que la investigación se inició a partir del comentario espontáneo de una de ellas y que ambas mantenían una buena relación con su progenitor , un extremo que también confirmó la madre.
Además, añade que todos los psicólogos que han explorado y examinado a las menores no dudan en reconocerles credibilidad y atribuye las divergencias al tiempo transcurrido desde que se produjeron los hechos y entre las sucesivas exploraciones y declaraciones, incrementado por el déficit intelectivo de las niñas.