Elecciones autonómicas

¿Cómo votar por correo en las elecciones valencianas del 28-A?

Los electores que no vayan a poder a su Mesa todavía están a tiempo de remitir su sufragio

Imagen del almacén electoral de Valencia MIKEL PONCE

ABC

Votar por correo en las elecciones valencianas 2019 todavía es posible. Una alternativa que en los comicios autonómicos del 28-A cobra especial importancia, toda vez que la cita con las urnas coincide con las vacaciones escolares de Pasuca y en víspera del festivo de San Vicente Ferrer.

Así, los electores que prevean que el 28 de abril, fecha de la convocatoria de las elecciones autonómicas valencianas , no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto o que no puedan personarse en el colegio electoral, podrán emitirlo su voto por correo.

Para votar por correo en las elecciones valencianas 2019 debe solicitarse personalmente hasta en cualquier Oficina de Correos. La fecha tope es el próximo 18 de abril , laborable en la Comunidad Valenciana pese a coincidir con el Jueves Santo . Asimismo, junto con dicha solicitud, se deberá solicitar el certificado de inscripción en el censo electoral dirigido a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

El empleado de Correos encargado de recibir la solicitud exigirá al interesado la exhibición de su Documento Nacional de Identidad y comprobará la coincidencia de la firma. N o se admiten fotocopias .

La Oficina de Correos remitirá la solicitud para votar en las elecciones valencianas 2019 a la Dirección Provincial de la Oficina del Censo Electoral en el plazo de tres días desde su presentación.

Una vez recibida la solicitud de voto en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, comprobarán la inscripción en el censo y realizarn la anotación correspondiente en el censo para que el día de las elecciones no se realice el voto personalmente´ extendiendo el certificado solicitado. Una vez admitida la solicitud, ya no se podrá votar personalmente.

Remisión y recepción de la documentación

Del 8 al 21 de abril, la Oficina del Censo Electoral remitirá por correo certificado al domicilio indicado por el solicitante de esta modalidad de voto la documentación electoral, que estará integrada por una hoja explicativa y un certificado de inscripción en el censo electoral vigente.

Asimismo, se remitirá una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a las elecciones y un sobre o sobres de votación en el que se introducirá la papeleta correspondiente.

Además, se envía un sobre en el que figura la dirección de la Mesa donde le corresponde votar , dirigido al Presidente de ésta.

Si son varios los procesos electorales que concurren, se remitirá la documentación necesaria para poder votar en cada elección (en este caso las autonómicas valencianas y las generales del 28-A) .

La recepción de la documentación deberá realizarse personalmente por el elector, quien deberá firmar personalmente el recibo acreditativo de la recepción del material electoral. Si no se encontrara en su domicilio se le dejará aviso.

El envío del voto para las elecciones valencianas 2019 constituye el paso definitivo. Así, una vez que el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación junto con el certificado de inscripción en el censo electoral, lo cerrará y remitirá entre el 8 y el 24 de abril por correo certificado dirigido a la Mesa electoral. Este envío no necesitará franqueo, ya que tiene carácter gratuito.

En el caso de ser varias las elecciones, el elector introducirá dentro del sobre dirigido a la Mesa Electoral los sobres de votación con las papeletas respectivas de cada proceso electoral.

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