Covid-19
Cómo queda el uso de la mascarilla en exteriores por el coronavirus en la Comunidad Valenciana
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La mascarilla dejará de ser un elemento de protección contra el coronavirus de uso obligatorio en toda España a partir del próximo jueves 10 de febrero. Así lo especifica la modificación del decreto publicado por el Boletín Oficial del Estado y previamente aprobado por el Consejo de Ministros y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
La caída en picado de la incidencia acumulada y del número diario de contagios de Covid-19 ha posibilitado que el Gobierno de España y las comunidades autónomas acordaran la eliminación de la obligatoriedad de portar el cubrebocas al aire libre , reinstaurada antes de la fiestas navideñas por la expansión de la variante ómicron en unas fechas de gran interacción social.
Así, a partir del jueves no será necesario portar la mascarilla espacios abiertos en la Comunidad Valenciana , aunque la postura de la Generalitat es seguir recomendando su uso por «prudencia» y «corresponsabilidad ciudadana».
Para el presidente socialista Ximo Puig , la ausencia de la obligatoriedad de la mascarilla al aire libre «no significa la obligatoriedad de no llevarla, pues hay muchos momentos en que, incluso en exteriores, es conveniente llevar el cubrebocas porque se da una interacción y una proximidad que es muy difícil que no pueda haber contagio».
El decreto publicado por el BOE especifica que la obligatoriedad de portar la mascarilla se mantiene en eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre cuando los asistentes se encuentre de pie, o en el caso de estar sentados, no puedan mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas o grupos de convivientes.
Asimismo, permanece en vigor la obligación de utilizar el cubrebocas en los medios de transporte público , incluyendo los andenes y estaciones de viajeros y teleféricos. Además, se seguirá empleando en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto a la asistencia de cualquier persona.
Por otro lado, esta modificación pone fin a su uso en recreos y patios de colegios , siempre que se pueda respetar la distancia de seguridad y no haya aglomeraciones.
La resolución del BOE incide en que la relajación de las medidas que se incluyen en este real decreto se debe valorar a nivel individual según la pertenencia a los grupos de mayor vulnerabilidad, la vacunación y la actividad social que pueda incrementar los riesgos de transmisión del coronavirus.
Así, pese a calificar la mascarilla como una medida «clave» de control del Covid-19, expone la evidencia de que su uso tiene un mayor impacto en espacios interiores en los que se reúnen personas no convivientes, así como en grandes aglomeraciones donde se llevan a cabo interacciones con múltiples asistentes y no se puede mantener la distancia de seguridad.
Por otro lado, apunta que las variantes en circulación del virus parecen producir un cuadro clínico menos grave según los estudios disponibles. Tesis que posibilita una modificación de la valoración de la situación epidémica , pese a las altas incidencias observadas entre los pasados meses de diciembre y enero.
«Las mascarillas en exteriores han permitido suavizar otras con impacto socioeconómico mayor y mantener una mayor interacción social», según recoge el decreto, que pone en valor que las recomendaciones de uso y obligatoriedad se han ido adaptando «al conocimiento de la enfermedad » y, sobre todo, «a la evolución de la epidemia y las necesidades de control de la transmisión».
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