Economía

El Comité de Empresa de Marina Salud pide a Barceló que impida la venta de acciones en el Hospital de Dénia

Los sindicatos denuncian que debían ser informados antes de llevarse a cabo el cambio de dueño porque afectará a la plantilla

Acceso principal del Hospital de Dénia JUAN CARLOS SOLER

D. A.

El Comité de Empresa de Marina Salud ha pedido a la consellera de Sanidad, Ana Barceló, que impida la venta de acciones entre DKV y Ribera Salud al considerar que se trata de una operación «ilegal», y ha recordado al presidente de la Generalitat, Ximo Puig, que se ha comprometido en numerosas ocasiones a la reversión del departamento de Dénia aludiendo a la Ley General de Salud.

Así lo ha indicado después de que esta semana se haya conocido que Ribera ha cerrado un acuerdo con la aseguradora DKV para adquirir su acciones de Marina Salud y pasar a controlar así la totalidad de la gestión del hospital y el departamento de salud de Dénia. Ribera, que en la actualidad controla el 35% del accionariado de Marina Salud, ha pactado con la aseguradora hacerse con su 65%, en un acuerdo que está pendiente de la aprobación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

El Comité de Empresa pide a Barceló que «paralice e impida» la operación de venta accionarial entre DKV y Ribera Salud por haber «incumplido» el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores , la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana, y un informe jurídico de la Abogacía de la Generalitat del 31 de mayo de 2016.

Los sindicatos señalan que se ha incumplido el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores ya que el Comité de Empresa «tiene el derecho a ser informado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, así como el derecho a emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por este».

Asimismo, sostienen que la venta accionarial entre DKV y Ribera Salud vulnera la Ley de Salud de la Comunidad Valenciana, de 2018, en cuyo preámbulo establece que, para garantizar la libertad de competencia y evitar posiciones de dominio, «es necesario establecer limitaciones en la ostentación y, por tanto, adquisición de títulos accionariales o participaciones de los entes titulares de los contratos de gestión vigentes del servicio sanitario integral en régimen de concesión de los departamentos sanitarios, con el objetivo de proteger los intereses de los usuarios».

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