TRIBUNALES
La Audiencia Nacional juzgará el grueso de la rama valenciana del caso Gürtel
El Supremo determina la competencia para investigar el caso de los contratos de la visita del Papa y tres piezas más
![Imagen de archivo de Juan Cotino a las puertas del TSJ valenciano](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2015/12/03/1GURTEL--620x349.jpg)
El grueso de la rama valenciana del caso Gürtel se juzgará en Madrid. El Tribunal Supremo determina la competencia de la Audiencia Nacional para investigar el caso de los contratos relacionados con la visita del Papa Benedicto XVI a Valencia en 2006 y otras tres piezas separadas de la trama Gürtel, que se investigaban en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, al no existir ningún aforado en ninguna de ellas .
De acuerdo con fuentes del Supremo, la Sala de lo Penal rechaza los recursos planteados por la Fiscalía que defendían que la competencia para investigar las piezas 1, 2, 4, y 6 de dicha trama era del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Asimismo, desestima los recursos de varios imputados que argumentaban que la investigación de las citadas piezas no correspondía ni a la Audiencia Nacional ni al TSJCV, sino a los juzgados territoriales de Valencia.
En dos sentencias (una referida a la pieza 4 –visita del Papa a Valencia- y otra a las piezas 1, 2, y 6 – delitos electorales y fiscales ), el Tribunal Supremo confirma los autos dictados por el TSJCV, el 13 y el 16 de marzo de este año, acordando el envío de las cuatro piezas mencionadas al juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional al no existir ya aforados en la causa y no haberse dictado en ninguna de ellas aún auto de apertura de juicio oral.
La Sala de lo Penal aplica los criterios que fijó en sendas sentencias de diciembre de 2014 y julio de 2015 sobre otras piezas –la 3 y la 5- de esta misma causa. En la segunda, referida a la pieza número 5 de la trama Gürtel en Valencia, ya acordó su envío a la Audiencia Nacional por no existir aforados . Sin embargo, en la primera sentencia, referida a la pieza 3, que investigó los contratos de la Generalitat Valenciana con su expositor en Fitur, decidió que se juzgase en el TSJCV porque ya se había dictado auto de apertura de juicio oral cuando dos de las imputadas, que eran aforadas, renunciaron a sus escaños en las Cortes Valencianas.
Los magistrados recuerdan que debe seguirse un criterio restrictivo en relación al enjuiciamiento de aforados, especialmente cuando se ha renunciado a esa condición sin que se haya dictado antes auto de apertura juicio oral. Añaden que la ley no exige que las piezas separadas de una misma causa sean enjuiciadas por el mismo tribunal.
De igual manera, r echazan la pretensión de varios imputados que pedían el envío de las investigaciones al juzgado territorial de Valencia correspondiente. Defienden que sea el juzgado central de instrucción número 5 por ser el órgano origen de las piezas del caso Gürtel que se remitieron al TSJCV y porque la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional extenderá su competencia al conocimiento de los delitos conexos.