Tribunales
La Audiencia Nacional absuelve a todos los acusados en el caso Costa Bellver
El tribunal no considera acreditado el perjuicio econonómico que los exdirectivos del Banco de Valencia y Bancaja, junto a la familia Calabuig, habrían ocasionado a las entidades con la compraventa de acciones
La Audiencia Nacional ha absuelto a todos los acusados en el caso Costa Bellver , en el que se investigaba al exconsejero delegado del Banco de Valencia Domingo Parra y el exdirector general de Bancaja Aurelio Gómez, además de a dos exdirectivos y a cinco integrantes de la familia Calabuig Gimeno por una operación de compraventa de acciones en estas entidades bancarias.
Las acusaciones señalaban a Parra -que admitió los hechos para conseguir una rebaja de la pena- y Gómez por un delito de administración desleal para beneficiar a los propietarios de Global Omnium (Aguas de Valencia). El Ministerio Público situaba a Parra en el centro de una «operación irregular» como consejero de la sociedad Inversiones Financieras Agval , participada a medias por el Banco de Valencia y la mercantil FUCSA, de la citada familia.
La sentencia de 48 páginas, a la que ha tenido acceso ABC , determina como hechos probados que Parra, a través de Agval, compró en 2009 otra sociedad inmobiliaria -Costa Bellver- de la que los Calabuig habían adquirido acciones en 2006 y 2009 por 30.900 euros de media cada una. Sin embargo, Agval las pagó a 84.000 euros, una cantidad mucho más elevada .
Unos días después, Bancaja Hábitat -inmobiliaria del mismo banco- compró un paquete de acciones a Agval -pertenecientes a la empresa de los Calabuig- a un precio similar al que se había abonado anteriormente por las mismas. Con esas operaciones, Bancaja llegó a tener el 46,4% del accionariado de Costa Bellver.
Las cuatro acusaciones cifraban el quebranto para estas entidades en más de 30 millones de euros por pagos desproporcionados y fuera de mercado, pero el fallo hecho público este viernes no considera que esté suficientemente acreditado ese perjuicio o que el patrimonio de ambas hubiera quedado alterado.
El magistrado cree que «se constata un claro enriquecimiento de los vendedores, FUCSA y los hermanos Calabuig», un hecho «relativamente normal en el comercio, como es el de comprar barato -cuando los anteriores dueños de Costa Bellver, la familia Bordils, querían deshacerse de sus participaciones- y vender caro». Algo que «podría llevar a consideraciones de carácter ético», pero no penales , en cuanto a que los Calabuig compraron acciones para beneficiarse a sí mismos y no a la sociedad que administraban (Agval) para a continuación venderlas por casi el triple del precio pagado por ello.
La «falta de precisión» que generan los peritajes realizados en los terrenos de Costa Bellver para determinar su valor generan «una duda más que racional en el juzgador sobre la existencia del perjuicio alegado por las acusaciones para fundar el delito societario». Un extremo que lleva al juez a resolver a favor del reo , según marca la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Tampoco está acreditado -son «meras elucubraciones»- que Aurelio Gómez, como máximo responsable de Bancaja, «aprobara o tuviera que aprobar la operación de autos» llevada a cabo por el entonces consejero delegado de Bancaja Habitat José Cortina, en la que otro directivo de la entidad Manuel Setién se limitó, según el fallo, a realizar los estudios que le encargaron sus jefes y a comparecer como apoderado en la firma de los contratos.
Además, el magistrado incide en que la conformidad que Domingo Parra prestó sobre el delito de administración desleal y con la pena que se le solicitaba para reducirla -cuatro años de prisión en un primer momento- «no vincula al juzgador » y «seria absolutamente contrario a cualquier idea mínima de justicia y de equidad partir de un valor de los terrenos de Costa Bellver, que no está probado con la fehaciencia que exige el derecho penal, para fijar un perjuicio en AGVAL que tampoco está priobado». Argumento que sirve también para el caso de Bancaja.
Por último, el tribunal justifica la absolución de los hermanos Eugenio y Enrique Calabuig en la «patente inconcreción de la acusación dirigida» por Anticourrupción contra ambos, pues no eran administradores de ninguna de las dos entidades supuestamente afectadas. En cuanto a los otros tres hermanos, Celia, Mercedes y Pedro, les absuelve después de que las acusaciones retirasen los cargos contra ellos. En un principio, habían sido considerados como cooperadores necesarios, junto a Cortina y Setién.
Una condena y dos absoluciones
Domingo Parra ya fue condenado por la Audiencia Nacional en enero de 2020 junto a los empresarios Bautista Soler, María Victoria Soler y Vicente Fons a devolver solidariamente 94 millones de euros al FROB, que tuvo que rescatar la entidad con dinero público por el agujero que dejaron con prácticas de administración desleal.
Conforme recordaba la Sala en su sentencia, la entidad tuvo que ser intervenida por el FROB el 21 de noviembre de 2011 con 4.500 millones de euros para sanear las pérdidas provocadas. Posteriormente, mediante un procedimiento de subasta pública, fue adjudicada a la sociedad «Caixabank, S.A.» por el precio de un euro y a continuación, llevó a cabo un proceso de fusión por absorción de Banco de Valencia.
El pasado mes de julio, el mismo Parra fue absuelto por la Audiencia Nacional junto a la consejera delegada de Libertad 7 Agnes Noguera por las pólizas y los préstamos que la entidad bancaria concedió a la promotora inmobiliaria, al considerar que no había quedado acreditado que cometieran un delito de administración desleal por ello.