Antonio Garañena - Tribuna abierta
Quien me quiera heredará... si puede
«La muerte tiene que dejar de ser un hecho imponible para pagar impuestos»
![Antonio Garañena: Quien me quiera heredará... si puede](https://s3.abcstatics.com/media/espana/2022/04/28/impuesto-sucesiones-kJPB--1248x698@abc.jpg)
Hay que reconocer que la sociedad, en las últimas décadas, ha venido cambiando en muchos aspectos y uno de ellos en la relación padres-hijos y viceversa, olvidándose una vez más de las responsabilidades y el respeto, pero eso sí, manteniendo los derechos. ¿Por qué tienen que tener los hijos derechos sucesorios cuando éstos maltratan o descuidan a sus padres?
La pandemia de la Covid ha puesto en evidencia situaciones de desatención de padres mayores convirtiéndose en detonante para reclamar la libertad de testar. De ahí la propuesta presentada por el grupo parlamentario Compromís en las Cortes Generales así como la recogida de firmas «Si no te cuidan que no hereden», iniciada por la Asociación de Mayores de Fuenlabrada, solicitando la modificación del Código Civil, que data, de 1889 para eliminar la establecida legítima , como derecho mínimo en una herencia, en la que se otorga a un hijo la misma parte que al resto.
Quienes nos consideramos liberales apoyamos esta iniciativa, en la que cada individuo, al margen de proteger los derechos del hijo menor de edad, sea dueño de sus preferencias y decisiones.
Pero no debemos olvidarnos que si se produce esta variación del Código Civil otorgando la libertad de elección de herederos, la misma tiene que ir acompañada de la derogación de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y la exención del Impuesto Municipal de Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como Plusvalía, en los casos de Mortis Causa.
![Imagen de archivo de una concentración contra el Impuestos de Sucesiones en Valencia](https://s3.abcstatics.com/media/espana/2022/04/28/impuesto-sucesiones-kNBD-U50612502029qYF-750x349@abc.jpg)
De no ser así, lo que provocará la eliminación de la legítima será seguro un incremento de los ingresos en las arcas públicas . En algunos casos producirá un aumento en la masa hereditaria de otros hijos, pudiendo llegar a superar el límite de los 100.000 euros actuales por bonificación, establecidos en el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana. Cuando el beneficiario sea un sobrino o hermano el coeficiente multiplicador se incrementa y desaparece la reducción del 50% por hijo aumentando con ello la recaudación, llegando a superar los niveles de confiscatoriedad éticos, si se trata de herederos más alejados en el parentesco, pues la tasa tributaria en estos supuestos puede llegar a superar el 81%.
Sin la supresión tributaria mencionada otro hecho que conllevará será el incremento de las renuncias , por lo que en cierta forma contradeciría el objetivo de liberar el destino de las herencias, ya que sería el Estado quien heredará en vez de la persona elegida por el causante fallecido. No existe mejor sistema de reparto de una herencia que el asignarla a quien uno desea. Para ello, no es necesario que el Estado siga siendo un heredero más como si fuera un hijo “putativo”. La muerte tiene que dejar de ser un hecho imponible para pagar impuestos.
La legislación tiene que adaptarse a las necesidades y demandas sociales, pero en este caso deben ser tanto las sociales como las fiscales, pues en caso contrario se podrá elegir los herederos libremente pero sin las garantías, una vez más, de que puedan hacer frente a los impuestos.
*Antonio Garañena es presidente de la Asociación Contra el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana