TRIBUNALES

Absuelven a los exdirectivos del IVF Pérez Boada y Uncio en el caso del hotel de Jalance

La Audiencia impone las costas a las tres acusaciones particulares

Imagen de archivo de José Manuel Uncio ROBER SOLSONA

ABC

La Audiencia de Valencia ha absuelto a los exdirectivos del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) en el juicio celebrado por varios delitos relacionados con la gestión de un hotel del municipio valenciano de Jalance, y ha impuesto las costas a las tres acusaciones particulares por temeridad y mala fe.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, les absuelve de los delitos de estafa, apropiación indebida, insolvencia punible , societarios, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, contable tributario, de falsificación de documento público y privado, prevaricación, encubrimiento, falso testimonio y malversación de caudales públicos, entre otros.

Entre los acusados que ahora han resultado absueltos estaban los exdirectivos del IVF Enrique Pérez Boada y Manuel Uncio , el exdirectivo de inversiones de esta entidad Enrique Benedé Benages , y el exalcalde de Jalance Angel Abel Navarro.

El caso, cuya vista oral se celebró entre febrero y marzo pasados, tiene su origen en las supuestas irregularidades en relación con la administración y gestión del hotel El Valle-Jalance SL , en la provincia de Valencia, un establecimiento de cuatro estrellas y 44 habitaciones.

En 1999 , el IVF concedió un préstamo a la sociedad Hotel el Valle Jalance SL por importe de 781.315,74 euros para la finalización y apertura del inmueble hotelero.

La investigación se inició con la denuncia que presentaron dos empresarios contra el exalcalde de Jalance Ángel Navarro y otros miembros del consejo de administración de la empresa del Hotel a los que imputaban presuntos delitos societarios, fraude fiscal, falsedad contable y apropiación indebida, entre otros.

En 2007 ampliaron la denuncia al querellarse contra Pérez Boada, imputándole un delito de falsedad en documentos público, y Uncio por los delitos de estafa procesal y falsedad documental, y contra el responsable del área de inversión de la entidad Enrique Benedé.

En 2010, un juzgado de Requena archivó la parte de la causa que afectaba a los tres exdirectivos del IVF pero la Audiencia provincial de Valencia acordó la continuación del proceso contra todos para aclarar si pudieron cometer algún tipo de delito.

Los querellantes dirigieron varios escritos a responsables del IVF y otra autoridades alertando sobre la situación de la empresa, pero finalmente el hotel fue subastado.

En la sentencia ahora conocida, la sección quinta de la Audiencia impone las costas a las tres acusaciones particulares (Asuncion Boscá y José Rafael Martínez, Construcciones Metálicas Pylsa SL e Hijos de Juan Bautista Martínez Cotino).

El ponente lo justifica en que éstas "mantuvieron, sin prueba alguna ni argumentos trascendentes o de entidad penal, la autoría de los acusados, los cuales, a criterio de esta Sala, nunca debieron formar parte de este juicio oral, por lo que en este aspecto la acción entablada contra ellos es calificada de temeraria, con mala fe, exenta de toda base jurídica y de pruebas ".

El fallo señala que " no hay prueba alguna ni de la falsedad de las cuentas societarias , ni se comprueban la existencia de los acuerdos abusivos, ni lesivos y de ninguna manera aparece en este juicio oral prueba alguna de la infracción del derecho de información a los socios denunciantes".

En cuanto a los exdirectivos del IVF, la sentencia resalta: " Nada se sostiene, ni demuestra ni se mantiene en este caso sobre las alegaciones para condenar a tales personas, muy al contrario, las acusaciones contra estos acusados, empleados del IVF, no tienen fundamento alguno ni en los hechos que se dice, ni en el desarrollo de las pruebas del juicio oral, ni de las características del delito".

"Por tanto -añade-, concluyendo el análisis de los datos que existen contra dichas personas y contra el IVF, nada probado consta en autos de los delito atribuidos , es una acusación totalmente infundada a la vista de los hecho probados".

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