El órgano consultivo del Govern no ve irregularidades en el decreto que permite activar los avales del 'procés'

El dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias no es vinculante y el Parlament convalidará la norma este mismo jueves

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Daniel Tercero

El Consejo de Garantías Estatutarias (CGE) ha dictaminado por unanimidad este jueves que el Decreto-ley 15/2021 del Govern catalán se ajusta a la legalidad constitucional y estatutaria, y solo recomienda modificar el redactado en varios puntos del texto «para mejorar la calidad normativa». El PSC, Cs y PP acudieron a este órgano consultivo autonómico tras la aprobación del decreto, que hoy mismo se convalidará en el Parlamento catalán, y tenía de plazo hasta este jueves para firmar el dictamen.

El dictamen del CGE (2/2021, de 29 de julio), cuyo ponente ha sido Joan Vintró, ha descartado que la norma tuviera que tramitarse como ley parlamentaria, en lugar de decreto-ley, al justificar la necesidad extraordinaria y urgente para afrontar las fianzas reclamadas por el Tribunal de Cuentas a 34 ex altos cargos del Govern. Y ha recordado que el decreto-ley es un instrumento de «carácter político», al que se le exige que esté motivado y razonado, condiciones que sí consideran los miembros del CGE para este caso.

Igualmente, el CGE ha defendido que con el decreto-ley, por el que se crea un fondo público para afianzar las posibles responsabilidades de los «servidores públicos», la Generalitat protege a estos ya estén «en activo o del pasado para garantizar el libre ejercicio de las competencias de autogobierno con los profesionales más adecuados, hasta que no haya una resolución firme que confirme la responsabilidad«.

El órgano consultivo autonómico también ha descartado que el decreto-ley sea una norma singular: «Hay que tener presente y no confundir el supuesto que da lugar a la activación del Decreto-ley 15/2021, como elemento de justificación del presupuesto habilitante, es decir, el acta de liquidación provisional del Tribunal de Cuentas, de 29 de junio de 2021, con el presunto carácter singular de la regulación dispositiva que establece en su conjunto«.

Otro de los puntos que el CGE ha considerado ajustados a la Constitución y el Estatuto es en relación a la impugnación relativa a que el decreto-ley incidía en el ejercicio de las funciones del TdC. Para el CGE es la Generalitat la que tiene la competencia de defender, también económicamente y dentro de unas condiciones, a sus trabajadores o funcionarios en el ejercicio de sus funciones, sin que ello suponga que la administración autonómica catalana «asuma como propia la responsabilidad contable de sus servidores públicos».

Respecto a los aspectos de mejora, el CGE apunta que, como mera recomendación, se deberían retocar o interpretar los artículos 4,7 y 5 y la disposición transitoria del decreto-ley, pero en ningún momento cuestiona que, tal y como están redactados, no se ajusten a la legalidad. Es la disposición adicional la que hace mención al Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y, para el CGE, el decreto-ley debería hacer una referencia específica a la norma del ICF que modifica la naturaleza del propio organismo, que es la de «favorecer la actividad económica», una función que no se ajusta al fondo creado para los avales. De ahí que el CGE señale que este nuevo cometido «debería de ser excepcional y muy limitado en el tiempo».

La operativa del decreto y el fondo

Con el Decreto-ley 15/2021, el Govern creó el Fondo Complementario de Riesgos (FCR), dotado con 10 millones de euros de dinero público, para dar cobertura legal, básicamente, a la operación política de que los implicados que promocionaron y protagonizaron el 'procés' secesionista no tengan que asumir, con sus bienes personales, las fianzas y multas judiciales. En concreto, para afrontar la fianza de 5,4 millones de euros que reclama el Tribunal de Cuentas a 34 ex altos cargos de la Generalitat.

La norma señala que el FCR será gestionado por una entidad, que no se ha creado todavía, ni se ha adscrito a una ya existente, y que se encargará de dar el visto bueno a las peticiones de los particulares que quieran beneficiarse de la norma. El mecanismo establece que se buscarán entidades privadas o bancos que serán los que intermedien entre el FCR y los beneficiarios, actuando de pantalla pero con el contraaval del FCR.

Además, hasta la creación de la entidad gestora y si no se encuentran bancos privados que quieran participar en la operación pantalla, como ha ocurrido en realidad, el ICF se encargará de la gestión y de avalar las fianzas o multas que se aprueben. Esto es lo que ocurrió hace ocho días cuando la Junta de Gobierno del ICF dio el visto bueno a 29 avales públicos de los 34 implicados en el TdC. La Fiscalía está investigando, tras una denuncia de Cs, la legalidad de estos avales concedidos.

Mientras tanto, el TdC está a la espera de que la Abogacía del Estado remita el informe que solicitó, el martes, la delegada instructora de esta causa, Esperanza García Moreno, sobre la legalidad de los avales del ICF, sobre los que tiene serias dudas. De los 34 encausados en la posible responsabilidad contable del gasto indebido por la acción exterior del 'procés' entre 2011 y 2017, la delegada instructora ya ha iniciado el proceso de embargo de dos de ellos. Una vez conozca el informe de la Abogacía del Estado, García Moreno decidirá si acepta los avales públicos del ICF.

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