La Justicia ratifica las medidas de la Generalitat para Lérida y desestima limitar las reuniones en Hospitalet

Dos jueces dan por bueno el grueso de las medidas señaladas en las dos resoluciones, sin gran oposición de la Fiscalía

Alba Vergés, consejera de Salud, este martes, antes de la reunión del gobierno catalán/ Illa sobre el decreto de Torra: «No parece por lo que hemos conocido que invada competencias» EFE/ ATLAS

D. Tercero

El Juzgado de Instrucción número 2 de Lerida y el Juzgado de Instrucción número 16 de Barcelona, ambos en funciones de guardia, han aceptado el grueso de las medidas extraordinarias solicitadas por la Generalitat para aplicar en la comarca del Segriá (Lérida) y en Hospitalet de Llobregat (Barcelona), donde se han detectado brotes del Covid-19.

Los dos jueces han ratificado las dos resoluciones que este martes la Generalitat aprobó, en el marco del Procicat y con el visto bueno de los consejeros de Sanidad, Alba Vergés, y de Interior, Miquel Buch, y envió a la Justicia para que, siguiendo el trámite legal ordinario, se autorizaran las restricciones y limitaciones de derechos, que en ninguno de los dos casos incluye el confinamiento domiciliario.

El juez (sustituto) Ramon Salada Virgili de Lérida ha dado por buenas las medidas solicitadas por la Generalitat con la única excepción de su aplicación en la localidad de Massalcoreig, al considerar que el número de contagiados (bajo) no justifica restringir derechos en este pueblo, y ordena al gobierno catalán que informe semanalmente del desarrollo de la pandemia. Autoriza las medidas para quince días.

La Fiscalía, por su parte, no se ha opuesto a la mayoría de las medidas propuestas para Lérida. Tan solo ha puesto reparos a limitar las reuniones, que la Generalitat fija en diez personas. Una limitación que el juez sí ve proporcionada ya que las reuniones «se han demostrado ser un foco de contagios».

En Hospitalet sí se pueden hacer reuniones

Sin embargo, el juez Jaime Conejo Heredia de Barcelona sí ha aceptado esta petición de la Fiscalía en las medidas a aplicar en Hospitalet. Es decir, en esta localidad del área metropolitana de Barcelona, no se pondrá en marcha la limitación de las reuniones, como tampoco la prohibición de funerales, misas y actos deportivos.

El Juzgado de Instrucción número 16 de Barcelona sí ha aceptado el resto de las medidas incluidas en la resolución para tres barrios de Hospitalet. La Generalitat, señala el magistrado, puede imponer «recomendaciones y/o limitaciones mínimas» pero no así las medidas que pretenden «limitar las reuniones familiares y sociales, las actividades religiosas y las deportivas en tanto que sí afectan a un derecho fundamental».

En el auto, el juez recuerda que el decreto ley aprobado recientemente por el gobierno catalán, que modifica la ley de salud pública autonómica, no permite a la Generalitat la limitación de los derechos fundamentales, una potestad que debe pedirla el Gobierno y autorizarla el Congreso.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación