La Generalitat aprueba un decreto ley para burlar la decisión judicial que le impide confinar Lérida
El gobierno catalán modifica la ley de salud pública autonómica y asegura que ya no necesita autorización para recortar derechos a los ciudadanos de Cataluña
![Torra preside la reunión extraordinaria del gobierno catalán, celebrada esta tarde](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2020/07/13/torra000_20200713210051-U47444508143ZOa-1248x698@abc.jpg)
El gobierno catalán, en una reunión extraordinaria celebrada esta noche, ha anunciado en un comunicado que ha modificado la Ley 18/2009, de 22 de octubre, de Salud Pública para introducir un nuevo apartado que «faculta a la autoridad sanitaria, para que en situaciones de pandemia o epidemia declaradas por las autoridades competentes, pueda adoptar medidas de limitación a la actividad, el desplazamiento de las personas y la prestación de servicios en determinados ámbitos territoriales».
De esta manera, la Generalitat aspira, con esta decisión, sortear el auto judicial que ayer desestimó la resolución del gobierno autonómico por el que se establecía el confinamiento domiciliario para los ciudadanos de la comarca de Lérida. El gobierno catalán ha asegurado que, con este cambio legal, se garantizará «el control de contagios» y protegerá «la salud de las personas, adecuándose al principio de proporcionalidad».
La reunión de esta noche la ha convocado el presidente autonómico, Quim Torra, para dar respuesta a la decisión del Juzgado de Instrucción número 1 de Lérida (en funciones de Guardia), que no aceptó, dando la razón así a la Fiscalía, la petición de confinamiento domiciliario de las poblaciones del Segriá (Lérida) que tienen un brote del Covid-19.
Fuentes del gobierno catalán han indicado a ABC que está previsto que el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publique mañana el cambio legislativo y una nueva resolución que desarrolle la norma. En el comunicado de este lunes por la noche, el gobierno catalán no ha concretado la modificación de la Ley 18/2009.
Un informe sanitario
Según la Generalitat, «para adoptar las medidas de limitación a la actividad, el desplazamiento de las personas y la prestación de servicios en determinados ámbitos territoriales requerirá de la emisión de un informe emitido por las autoridades sanitarias que tendrá por objeto acreditar la situación actual de riesgo de contagio, la situación de control de la pandemia, las suficiencias de las medidas y propondrá las medidas a adoptar».
En esta línea, siempre según el comunicado del gobierno regional, el decreto ley aprobado hoy especifica que «siempre que sea posible, la resolución formulará recomendaciones a seguir para evitar riesgos de contagio. Y en el caso de que se establezcan medidas de carácter obligatorio, se ha de advertir expresamente de esta obligatoriedad. Así mismo, la resolución indicará expresamente la existencia o no del mantenimiento de los servicios esenciales».
Además, la resolución que se aprobará mañana también fijará el tiempo concreto de la aplicación de las medidas, una de las críticas que la juez de Lérida recordó en el auto que desestimó el confinamiento de la comarca, al hacerlo sin fecha límite, tal y como proponía la Generalitat. «En principio -señala el comunicado- no ha de ser superior a 15 días, excepto que se justifique el necesario establecimiento de un plazo superior».