La Audiencia de Lérida ratifica la denegación del tercer grado al exconsejero Ausàs

Ausàs está condenado a cuatro años de cárcel por contrabando de tabaco

Jordi Ausàs (ERC), durante su declaración ante la Audiencia de Lérida EFE

ABC. ES

La Audiencia Provincial de Lérida ha ratificado la denegación del tercer grado -que permite salir de la cárcel los fines de semana- al exconsejero de Gobernación, ex alcalde de la Seu d'Urgell (Lérida) y el exmilitante de ERC, Jordi Ausàs, condenado en junio a cuatro años de cárcel y al pago de una multa de 195.000 euros por pertenecer a una organización criminal dedicada al contrabando de tabaco.

En su interlocutoria, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia desestima la apelación de Ausàs y confirma la decisión del juez de vigilancia penitenciaria que estimó el recurso de Fiscalía contra la concesión del tercer grado por parte de Servicios Penitenciarios el 25 de septiembre, solo tres meses después de ingresar en la cárcel de Lérida.

La Audiencia considera que debe tomarse en consideración el poco tiempo transcurrido desde su ingreso en prisión. También tiene en cuenta que el penado no acepta su pertenencia a un grupo criminal precisamente con la finalidad de perpetrar el delito continuado de contrabando, «lo que refleja ciertamente la necesidad de intervención específica en el área cognitivo-conductual del interno para la que es más adecuado el segundo grado».

El auto argumenta también que la misma sala rechazó en diciembre el recurso de apelación de otro de los condenados en el mismo procedimiento.

Además recalca que tampoco puede considerarse cumplido el requisito relativo al abono o compromiso de pago de la responsabilidad civil desde el momento en que Ausàs «únicamente ha ingresado una octava parte de la indemnización fijada en la sentencia, además ofreciendo la justificación de que el resto corresponde abonarlo a los demás condenados, pese a que se trata de una condena solidaria».

Esta circunstancia, según el auto «evidencia escasas garantías que permitan asegurar la satisfacción futura así como una nula voluntad de reinserción pues el esfuerzo reparador aparece orientado más bien a una mera formalidad para conseguir la clasificación en tercer grado».

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