Absuelven a ocho acusados que arrancaron una pancarta independentista de un ayuntamiento

El fiscal y el consistorio de Navàs (Barcelona) les acusaban de hurto, pero el juez lo descarta porque no había ánimo lucrativo

La fachada del Ayuntamiento de Navàs, en una imagen de archivo Ayuntamiento

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Descolgar una pancarta independentista de un ayuntamiento nunca puede ser un delito de hurto. Así lo ha concluido un juez de Manresa (Barcelona), que ha absuelto a ocho personas que arrancaron y bajaron una pancarta que colgaba del balcón del consistorio de la localidad de Navàs (Barcelona).

Fue la madrugada del 30 de septiembre el año pasado. Estas ocho personas, utilizando unos palos telescópicos, arrancaron y bajaron la pancarta con el lema «Navàs, poble antifexista» , a la que acompañaba la bandera independentista catalana. Luego, la entregaron a los agentes de la policías local del municipio. Nadie duda de que los hechos fueron así. Lo confirmaron en el juicio un policía local y también el único de los ocho acusados que no se acogió a su derecho a no declarar.

Tanto la Fiscalía como el Ayuntamiento acusaban de un delito de hurto a los ocho procesados, para los que pedían una multa casi simbólica. Pero el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Manresa, en una sentencia a la que ha tenido acceso ABC, concluye que «los hechos enjuiciados no permiten que se exija responsabilidad a los denunciados por la comisión de un delito de hurto ». Eso sí, el juez añade que «podría haber sido posible hacerlo por otro tipo penal», pero el caso es que ninguna de las partes acusó por otro delito que no fuera ese. Por eso, los acusados, defendidos en el juicio por la abogada Ambar Ladrón de Guevara, del Bufete Fuster-Fabra, han sido finalmente absueltos.

Sin ánimo de lucro

El juez recuerda que el delito de hurto requiere de «una actuación dolosa realizada con ánimo de lucro» , que considera que de ninguna manera se ha dado en este caso. Los acusados no tenían la intención «aprovecharse del objeto aprehendido», sostiene la sentencia. « No pretendían más que quitar el cartel , no hacerse con él para llevárselo consigo», añade el fallo del juez de Manresa. Y es que, en definitiva, la acción de los acusados retirando la pancarta del edificio municipal «carece de contenido lucrativo».

Pese a que tanto la Fiscalía como la acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento –que gobiernan Esquerra y la CUP–, acusaban de hurto, queda claro que su actuación «estuvo exclusivamente dirigida a otros fines y por tanto su ánimo difiere sustancialmente del contenido característico» de este delito.

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