Elevada de abuso a agresión sexual una violación grupal sin resistencia
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) suma siete años y medio más de prisión a los dos hombres procesados

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha elevado a un delito de agresión sexual la condena por abusos que la Audiencia de Lérida impuso a dos hombres por violar por turnos en Bóssost (Lérida) a una mujer que no se resistió activamente ni fue sometida con violencia.
En su sentencia, la sala civil y penal del TSJC estima el recurso de la Fiscalía y eleva de cuatro años y medio a doce años de prisión la condena para los dos procesados, al tener en cuenta que la mujer fue atacada por dos hombres puestos de acuerdo y en un lugar solitario en el que la víctima no podía esperar auxilio de terceros.
Para el TSJC, las circunstancias del ataque, «frente a una víctima implorante», suponen una « coacción tanto psicológica como física de suficiente entidad» como para constituir un delito de agresión sexual, sin que se requiera para ello «que la víctima grite o intente zafarse o quitarse de encima a sus agresores», informa Efe.
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