Condenado Josep Bou (PP) a 180 euros de multa por agarrar a un hombre por el cuello
El juez considera probado un delito leve de maltrato físico por los hechos, que tuvieron lugar durante una procesión en los accesos a la catedral de Barcelona el pasado septiembre
Un juez ha condenado al concejal del PP en el ayuntamiento de Barcelona Josep Bou a una multa de 180 euros por un delito leve de maltrato físico a una persona que le increpó el pasado mes de septiembre. Los hechos se produjeron el pasado 15 de septiembre, durante una procesión en los accesos a la catedral de Barcelona con motivo de la celebración de las fiestas patronales de la Mercè.
En ese momento, un colaborador habitual de este centro religioso que iba a asistir a la misa cuestionó la banda de la música que sonaba en la procesión al afirmar que ésta le parecía "inadecuadamente marcial" , que "con este ritmo no se puede entrar en la catedral" y que "solo les falta la cabra", según ha explicado Ep.
Ante esta situación, el concejal del PPC se volvió molesto y pidió al hombre que se apartara, ya que estaba interrumpiendo el paso de la procesión. Al no hacer caso a esta petición, Bou cogió por el cuello al hombre e intentó apartarlo sin conseguirlo, hasta que intervino la Guardia Urbana.
El hombre tuvo que ser atendido en el centro de asistencia primaria (CAP) Ciutat Vella Peracamps, donde se le diagnosticó una "contusión en el cuello por compresión ", con una previsible curación de un día y sin secuelas.
«Suficientemente acreditado»
En una sentencia, el juzgado de instrucción número 29 de Barcelona ha condenado al concejal popular a una multa de un mes con una cuota diaria de seis euros por un delito leve de maltrato físico, así como a las costas procesales , mientras que la Fiscalía pedía su absolución.
El juez, en su escrito, considera probado la constitución de este delito leve de maltrato físico por las declaraciones del denunciante, que han sido contrastadas por los agentes durante el juicio oral, aunque no ve en cambio " suficientemente acreditado que se haya producido una lesión propiamente dicha".
Además, la sentencia señala que Bou, en su comparecencia ante el tribunal, no transmitió "convicción judicial suficiente" sobre el incidente al apreciarse "cierta inseguridad", frente al "rotundo testimonio" del denunciante.