El TSJC frena el pacto que evite la cárcel a los mossos del caso Benítez

La defensa de los agentes pretende conseguir una condena por homicidio imprudente que les libre de prisión

Los Mossos declararon ante el juez a finales de 2013 INÉS BAUCELLS

ABC.ES

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha impedido a los mossos procesados por la muerte de Juan Andrés Benítez en 2013 durante una reducción policial pactar una condena por homicidio imprudente que les libre de entrar en prisión, al negarse a expulsar del caso a la acusación popular.

El auto al que ha tenido acceso Efe desestima el recurso para apartar a la acusación popular, ejercida por la Asociación Catalana de Derechos Humanos y que se opone al pacto de las defensas –Fiscalía y familia de la víctima– para que los mossos acepten una condena de un máximo de dos años de cárcel.

La defensa de los agentes pide la expulsión de la asociación esgrimiendo el nuevo Estatuto de la víctima de 2015 que reconoce el derecho de la acusación popular a ejercer acciones siempre que ello sea autorizado por los perjudicados.

Juicio con jurado popular

La sala desestima la petición de las defensas, al entender que ésta deberá formularse ante el magistrado presidente del jurado popular que deba juzgar a los agentes, antes del juicio oral, que todavía no se ha señalado. El TSJC incide en que la nueva normativa entró en vigor cuando ya estaba iniciado el proceso contra los mossos, por lo que es posible que no pueda aplicarse retroactivamente.

El auto descarta también la petición de las defensas de que se practique una segunda autopsia al cadáver porque para la exhumación del cuerpo «deben darse razones más allá de una presunta vulneración del derecho de defensa» que, en su opinión, no concurren en este caso.

La juez del «caso Benítez» ha enviado a los seis mossos a un juicio con jurado popular por un delito de homicidio, y a otros dos agentes como encubridores.

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