La Justicia confirma la condena a la UB por vulnerar la neutralidad ideológica
La Universidad aprobó un manifiesto a favor de los presos del 'procés'
Un centro universitario no puede «asumir posiciones ideológicas y políticas de parte», señala la sentencia

La justicia vuelve a pronunciarse en defensa de la neutralidad ideológica en los campus. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la condena a la Universidad de Barcelona (UB) por vulnerar su deber de neutralidad y lesionar los derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión de profesores y alumnos y el derecho a la educación de estos últimos al aprobar un manifiesto de apoyo a los presos del 1-O con motivo de la sentencia del Tribunal Supremo.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima en su integridad el recurso interpuesto por la UB contra la sentenciaque consideró que la aprobación en el Claustro de un manifiesto de apoyo a los encausados y condenados del procés era contraria al deber de neutralidad ideológica que vincula a todas las Administraciones Públicas, y también a las Universidades. Al asumir una posición política partidista , la UB había violado los derechos fundamentales a la libertad ideológica y de expresión de todos los integrantes de la comunidad académica, así como específicamente el derecho a la educación de los alumnos, recordó la sentencia.
Ahora, el TSJC reafirma que el acuerdo del Claustro «rompe con la neutralidad ideológica o política que se espera de una Universidad (por su carácter público, aunque su base sea institucional) y ello supone una vulneración de la libertad ideológica y de expresión, libertades todas ellas indisolublemente unidas al pluralismo político que, como valor esencial de nuestro ordenamiento jurídico , propugna la Constitución».
Según la sentencia, «una Universidad no puede abandonar la posición de neutralidad que le es propia en ese campo, para asumir posiciones ideológicas y políticas de parte, desconectadas, además, de los intereses a los que debe servir».
Razona el TSJC que la libertad ideológica resulta lesionada porque «la manifestación de una determinada opción debe incluir la posibilidad de objetarla y de oponerse a que se ejerza también en nombre de quienes no la comparten», de manera que «la toma de postura oficial por la Universidad en cuestiones esencialmente controvertidas y no atinentes a la gestión de sus fines es contraria a Derecho siempre que se encuentre con la oposición de alguno o algunos de sus miembros» (como fue el caso ya en el propio Claustro que aprobó el manifiesto que ahora se declara nulo).
En cuanto a la libertad de expresión , insiste el TSJC en que «no puede considerarse conforme a Derecho una actuación en nombre de la Universidad para expresar públicamente un criterio sobre una materia no encuadrable en el marco de sus funciones», y en que la libertad de expresión de los discrepantes resulta violada porque la manifestación de opinión por parte del Claustro universitario «pasa a ser emitida también en su nombre», cuando su voluntad, y su derecho, es que no se exprese ninguna opinión en una materia ajena a los fines de la institución. Todo ello supone «una instrumentalización al servicio de una opción política ajena al ámbito material y funcional de la Universidad».
Con anterioridad, el Tribunal Supremo ya había condenado a la Universidad Pompeu Fabra por la aprobación de ese mismo « Manifiesto conjunto de las universidades catalanas en rechazo de las condenas de los presos políticos catalanes y a la judicialización de la vida política». En este caso, el Supremo confirmaba un Acuerdo de la Junta Electoral Central que estimaba vulnerado el deber de neutralidad establecido por la normativa electoral vigente.
La nueva sentencia del TSJC es especialmente relevante porque deja claro que las universidades están sometidas siempre al deber de neutralidad ideológica , y no solo en período electoral, y porque determina que la vulneración de ese deber supone la violación de hasta tres derechos fundamentales de los miembros de la comunidad universitaria: la libertad ideológica, la libertad de expresión y el derecho a la educación.
La demanda de amparo contra la UB fue interpuesta en su día por cuatro profesores y promovida por la plataforma de profesores universitarios catalanes Universitaris per la Convivència . «Confiamos en que, poco a poco, las causas de la libertad académica, del pluralismo político y del imperio de la ley se impongan también en las universidades catalanas», se valora desde la entidad.
Respuesta de la UB
Por su parte, el equipo rectoral de la UB, ha anunciado en un comunicado, que tomará «las medidas necesarias» para seguir defendiendo en instancias judiciales el derecho del claustro a la libertad de expresión.
La dirección de la universidad ha defendido que el claustro pueda «expresar de forma autónoma y libre sus consideraciones como representación legítima de la pluralidad» de la institución.
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