El Parlament desmonta las tesis de Puigdemont y de Forcadell
Ridao alega ante el TC que no se «vulneran» los derechos del expresidente fugado
![El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont sonríe a su llegada a la prisión de Neumünster (Alemania)](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2019/04/03/1414261669-k8zG--1248x698@abc.jpg)
La Mesa del Parlamento de Cataluña «encauzó» correctamente la suspensión de los diputados afectados por el auto del juez Pablo Llarena; el Tribunal Supremo así lo entiende, en tanto que «no ha objetado en ningún momento esta solución»; Carles Puigdemont no está sufriendo «vulneración alguna» de sus derechos como diputado autonómico ; y la Mesa parlamentaria puede y debe controlar las tramitaciones de las propuestas o proposiciones del gobierno y los partidos si de forma «palmaria y evidente» son inconstitucionales.
Estos son los argumentos esgrimidos por el letrado mayor, Joan Ridao (exsecretario general de ERC), en representación del Parlamento autonómico catalán, en las alegaciones presentadas ante el Tribunal Constitucional (TC) para defender la decisión de la Mesa adoptada el pasado 9 de octubre y que Puigdemont llevó en amparo ante el TC en febrero de este año.
El texto, firmado por Ridao, se conoció ayer y en él se solicita al TC que «inadmita o desestime, en su caso, el amparo solicitado» por el expresidente de la Generalitat fugado de la Justicia, que considera que la decisión de la Mesa de permitir a los diputados acusados de rebelión (además de él, Junqueras, Turull, Romeva, Rull y Sànchez) la designación de su voto en un compañero no se ajusta a la legalidad.
Los afectados tienen suspendidos sus derechos, como el de cobrar un sueldo, pero pueden designar a alguien para que vote en su lugar, evitando así que se alteren las mayorías parlamentarias. Una decisión que se llevó a cabo cumpliendo el auto de Llarena , en el que se recordaba que el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal suspende de inmediato a los diputados que están acusados de rebelión.
La Mesa puede inadmitir
Ahora, los Servicios Jurídicos parlamentarios argumentan la decisión de la Mesa. Y lo hacen desmontando, no solo la tesis de Puigdemont, sino también la de la defensa jurídica de Carme Forcadell, encausada en el Tribunal Supremo también por rebelión.
El texto de las alegaciones recoge la doctrina constitucional sobre la posible inadmisión a trámite de los escritos que se recibe la Mesa para su tramitación. El Parlamento catalán recuerda que «las mesas de las asambleas en orden de calificación y admisión a trámite lo son, sobre todo, conforme a la jurisprudencia constitucional constante, a efectos de controlar la regularidad jurídica y la viabilidad formal o procesal de las mismas» y añade que «las mesas pueden inadmitir a trámite, sin daño para el derecho fundamental citado, propuestas o proposiciones cuya contradicción con el derecho o cuya inconstitucionalidad sean “palmarias y evidentes”».
Se da la circunstancia de que una de las claves de la defensa de Forcadell se basa en que la Mesa no puede inadmitir propuestas. Es decir, no puede entrar en el fondo de los escritos. Así lo aseguraron, además, los expresidentes parlamentarios Núria de Gispert y Ernest Benach ante el Supremo. Una posición que la doctrina del TC y el escrito de Ridao desmienten por completo.
Ridao, además, reconoce que la resolución aprobada por el pleno, como consecuencia de la decisión de la Mesa, «aunque rechaza formalmente la suspensión (apartado 1), esta no deja de aceptarse», ya que establece la designación . «Si no hubiera habido suspensión de derechos, no sería coherente habilitar al propio tiempo un mecanismo de designación de otro diputado para el ejercicio de sus funciones», añade el letrado mayor.
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