La justicia catalana avala limitar las reuniones a 10 personas y un 70% de aforo máximo en ceremonias

El TSJC considera que son medidas que «se encuentran debidamente justificadas» por el contexto de pandemia

Varias personas en un parque en la primera noche de las fiestas de Sants EP

ABC

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado limitar las reuniones a 10 personas y el aforo de los actos religiosos y las ceremonias civiles a un 70%, con un máximo de entre 1.000 y 3.000 personas, para contener la pandemia del Covid-19 en Catalunya.

En un auto este jueves, el tribunal da luz verde a las medidas que ha decretado el Govern esta semana, tras renunciar a pedir la aplicación de más prórrogas del toque de queda que el TSJC rechazó para las capitales de provincia y las zonas metropolitanas.

El tribunal recuerda que ya avaló con anterioridad la limitación del derecho de reunión y la asistencia a actos civiles y religiosos, que la sala considera que «se encuentran debidamente justificadas» por el contexto de pandemia.

Por contra, el mismo tribunal rechazó en las última semanas y hasta en dos ocasiones volver a aplicar el toque de queda alegando que se intentaba aplicar una medida de orden sanitario para controlar el orden público.

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