La justicia catalana avala limitar las reuniones a 10 personas y un 70% de aforo máximo en ceremonias
El TSJC considera que son medidas que «se encuentran debidamente justificadas» por el contexto de pandemia
![Varias personas en un parque en la primera noche de las fiestas de Sants](https://s2.abcstatics.com/media/espana/2021/08/26/sants-U80030362876Ydp-1248x698@abc.jpg)
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado limitar las reuniones a 10 personas y el aforo de los actos religiosos y las ceremonias civiles a un 70%, con un máximo de entre 1.000 y 3.000 personas, para contener la pandemia del Covid-19 en Catalunya.
En un auto este jueves, el tribunal da luz verde a las medidas que ha decretado el Govern esta semana, tras renunciar a pedir la aplicación de más prórrogas del toque de queda que el TSJC rechazó para las capitales de provincia y las zonas metropolitanas.
El tribunal recuerda que ya avaló con anterioridad la limitación del derecho de reunión y la asistencia a actos civiles y religiosos, que la sala considera que «se encuentran debidamente justificadas» por el contexto de pandemia.
Por contra, el mismo tribunal rechazó en las última semanas y hasta en dos ocasiones volver a aplicar el toque de queda alegando que se intentaba aplicar una medida de orden sanitario para controlar el orden público.