Pablo Nuevo - Tribuna Abierta
Despreciar el derecho
Establecer reglas diferentes a las del Código Civil común tendrá como efecto una menor contratación de catalanes con personas del resto de España
Decía Tocqueville las modificaciones del Derecho civil tienen una potencia revolucionaria mayor que cualquier cambio de una Constitución política. Es cierto que el filósofo francés se refería especialmente a los cambios en el derecho sucesorio, que en el siglo XIX abolieron los mayorazgos y los patrimonios vinculados a la familia, favoreciendo la consolidación del individualismo liberal; pero teniendo por objeto el derecho civil la regulación de las relaciones entre particulares qué duda cabe que el modo en que éstas se ordenan configura la propia sociedad y, a la larga, afecta al orden político. Salvando las distancias, es lo que pretende el Govern con el proyecto de ley del Libro VI del Código Civil de Cataluña, dedicado a regular las obligaciones y contratos, norma explícitamente catalogada por el ejecutivo autonómico de «estructura de Estado».
De entrada, debe resaltarse que se trata de un proyecto probablemente inconstitucional. El art. 149.1.8ª, después de establecer que las Comunidades Autónomas pueden conservar, modificar y desarrollar el derecho civil foral o especial allá donde exista señala que el Estado tiene competencia exclusiva en todo caso sobre las bases de las obligaciones contractuales. Por su parte, ese mismo precepto dispone que corresponde íntegramente al Estado la regulación mercantil, sin que en ese ámbito haya cabida a la normación autonómica. De ahí que una regulación como la proyectada, que no se limita a las relaciones entre particulares sino que también puede regir entre empresas (pues en una sociedad de consumo no es sencilla ni pacífica la frontera entre lo civil y lo mercantil) excede las competencias de la Generalitat en materia civil e invade las que corresponden al Estado en la mercantil.
Además, debe subrayarse que establecer reglas diferentes a las del Código Civil común tendrá como efecto una menor contratación de catalanes con personas del resto de España. Si los contratos sirven para formalizar la cooperación de varias personas (pues es función del Derecho establecer las reglas para que la cooperación triunfe), es indudable que la existencia de reglas contradictorias funcionará como incentivo negativo para crear relaciones de cooperación, con lo que podemos aventurar que de cuajar el propósito del Gobierno autonómico quedará en peligro la unidad de mercado. Como los independentistas son más dados a reinventar la historia que a estudiarla, no estaría mal que alguien les recordara cómo la creación de un mercado común español en el siglo XIX (por cierto, protegido por los aranceles exigidos por el catalanismo) fue determinante en el proceso de industrialización de Cataluña y el resurgimiento de su burguesía.
Es verdad que los operadores jurídicos y económicos con capacidad suficiente podrán, pese a todo, seguir contratando como hasta ahora: si disponen de la dimensión adecuada mal que bien podrán asumir los costes de agencia derivados de una pluralidad de regulaciones diferentes o de tener que someter las hipotéticas controversias al derecho común y tribunales de fuera de Cataluña; pero ello no quita para que el resto de los catalanes se vea negativamente afectado por la fractura del mercado interior. Y es que, como muestra la historia, la existencia de un mercado integrado lo suficientemente amplio es clave tanto en el desarrollo económico como en la extensión de sus efectos a aquellos que carecen de influencia para «capturar» rentas o regulación del poder público.
Con este proyecto se reproducen los problemas a los que continuamente nos está abocando el procés: desprecio del Derecho, olvido de la historia y lesión de los intereses de la gente sencilla. Y es que quizá no andaban tan descaminados nuestros abuelos quienes, para garantizar la libertad, dispusieron que fueran los mismos los códigos civil, criminal y de comercio en toda la Monarquía.
Pablo Nuevo es doctor en Derecho y profesor de la UAO CEU