audiencia de barcelona

Condenan a dos años de cárcel a un mosso por golpear de forma gratuita a un periodista

El agente usó la porra contra el reportero tras una manifestación en Barcelona cuando ya no había disturbios

Los mossos, ante el 'Banco Expropiado', en una de aquellas jornadas de disturbios I.Baucells

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años de cárcel , y al mismo periodo de inhabilitación, a un agente antidisturbios de los Mossos d'Esquadra por golpear con su defensa de manera «gratuita» a un periodista tras una manifestación. Ocurrió el 26 de mayo de 2016, en la tercera noche consecutiva de disturbios protagonizados por el movimiento okupa en protesta por el desalojo del conocido como 'Banco Expropiado', una antigua sucursal bancaria del barrio barcelonés de Gràcia.

Los hechos se produjeron en la plaza de la Revolución y en sus alrededores, cuando, tras los disturbios, ya quedaban pocos manifestantes y los periodistas estaban ya de retirada. La cosa se volvió a encender después de que una mujer se encarase con los agentes: volvieron los lanzamientos de botellas contra la línea policial, por lo que los mossos reanudaron las cargas. En ese momento, el agente acusado, Daniel M., golpeó con su defensa al periodista de La Directa Jesús Rodríguez, cuando este se refugiaba en la entrada de un portal. No llevaba el brazalete de periodista, y, pese a que gritó «prensa», no consta que el policía pudiera oírle.

Sea como fuere, el mando de los antidisturbios que estaba sobre el terreno ordenó detener la línea policial hasta que llegaran refuerzos. Pero el agente Daniel M. lo ignoró, la sobrepasó, se adentró en la plaza, donde había un pequeño grupo de personas, y se dirigió directamente a Jesús Rodríguez «con el ánimo de atentar contra su integridad física de forma gratuita , sin que él ni las pocas personas que le rodeaban estuvieran realizando ningún acto hostil, ni violento, ni agresivo», concluye la sentencia.

El agente le dio con su porra al periodista en la mano, que se trasladó a un centro hospitalario por la lesión. Tuvieron que enyesarle el dedo, quedándole secuelas leves: una limitación funcional en la flexión. El policía condenado deberá indemnizarle con 7.265 euros .

La Audiencia de Barcelona considera que en aquel momento era innecesario usar la porra . No es que la usara de forma desproporcionada, dice la sentencia, sino que simplemente no estaba justificado usarla. «Solo se separó de la línea el agente acusado y solamente él utilizó la defensa contra una persona en concreto, el que resultó lesionado».

El tribunal le ha condenado por un delito de lesiones con el uso de instrumento peligroso , con el agravante de abusar de su posición de policía -y el atenuante de dilaciones indebidas-, pero le absuelve de un delito cometido por funcionario público contra derechos fundamentales, que le atribuía la acusación particular. Y es que la Audiencia tiene la «duda racional» de que el acusado supiera que la víctima era periodista , al no llevar distintivo, y tampoco poder asegurar que el policía le escuchase cuando gritó «prensa», debido el ruido que había en esos momentos.

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