Pablo Nuevo - TRIBUNA ABIERTA

El brexit y el dudoso carácter democrático del referéndum

El uso del referéndum para resolver asuntos que afectan a la configuración de la comunidad política tiene un carácter deslegitimador del proceso democrático

Las reacciones al triunfo del "Leave" sobre el "remain" en el referéndum celebrado en el Reino Unido la semana pasada muestran a la perfección hasta qué punto la consulta popular es instrumento inadecuado para resolver cuestiones políticas de esa naturaleza, que podríamos llamar "existenciales".

En efecto, el referéndum únicamente permite una respuesta binaria (sí/no) a problemas normalmente muy complejos, y en una sociedad de masas la presión de la campaña electoral lleva a simplificar los argumentos, de modo que los electores no siempre tienen conocimiento de todas las implicaciones de la cuestión que se somete a decisión. Además, a diferencia de la práctica parlamentaria, en la que mediación de los grupos representados en la Cámara hace posible el compromiso (en su doble acepción, de transacción y de acuerdo), en un referéndum únicamente quedan vencederes y vencidos. De ahí que ante cuestiones especialmente polémicas no cumpla con una de las funciones del derecho político, como es la de pacificar las disputas políticas y racionalizar la determinación de los titulares del poder.

Por otro lado, aun cuando se presente el referéndum como el paradigma de la democracia, su uso para resolver asuntos que afectan a la configuración de la comunidad política tiene un carácter deslegitimador del proceso democrático. Esto es debido a que uno de las justificaciones de la regla de la mayoría es la reversibilidad de las decisiones políticas, pues la expectativa de poder conseguir apoyo electoral para modificar la decisión mayoritaria sirve para que la minoría acepte dicha decisión; de lo contrario, la regla mayoritaria sería tan sólo imposición del más fuerte en cada momento. Si tenemos en cuenta que un Estado no puede entrar y salir de la Unión Europea cada pocos años, la minoría (que no es desdeñable: un 48% de los votantes) se encuentra con una decisión que tiene carácter de irrevocable.

Lo anterior se ve agravado cuando la decisión adoptada afecta al estatus jurídico de los perdedores del referéndum, como ha sucedido en el Reino Unido. Como se ha subrayado en estos días, un 52% de los electores ha procedido a privar a todos los británicos de su ciudadanía comunitaria, de manera que cuando se haga efectivo el Brexit perderán todos los derechos y libertades de los que gozan en tanto ciudadanos de la UE. Ahora bien, ¿es legítima la privación de derechos individuales de los conciudadanos, por mucho que se haga en una votación de este tipo?

Por último, un referéndum de estas características no resuelve la cuestión de cuál es la unidad territorial a la que se imputan los efectos jurídico-políticos del mismo. Así, y dado que en Londres es mayoritaria la opción de permanecer en la Unión, ¿podrá iniciar un proceso de separación del Reino Unido para poder seguir en el proceso de integración europea?

Y como es evidente, si el referéndum no es un instrumento jurídico adecuado para resolver la cuestión de la permanencia del Reino Unido en la Unión Europea mucho menos lo es para decidir la ruptura de una comunidad política con más de 500 años de historia.

Pablo Nuevo es profesor de Derecho constitucional en la Universidad Abat Oliba CEU

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