La Audiencia de Barcelona condena a Messi y a su padre a 21 meses de prisión por fraude fiscal

El jugador no irá por ahora a la cárcel porque la pena es inferior a dos años y el fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo

Mesi y su padre, en el juicio EFE

J. GUIL

Mazazo judicial a Lionel Messi y, por ende, a todo el barcelonismo. La sección octava de la Audiencia de Barcelona ha notificado hoy la sentencia en la que condena al astro azulgrana a 21 meses de cárcel por fraude fiscal . El alto tribunal también condena a su padre y representante, Jorge Messi, a 21 meses de cárcel.

Además, la Audiencia condena al jugador a pagar una multa de 2,09 millones de euros por defraudar 4,1 millones en los ejercicios del IRPF de 2007, 2008, y 2009, en los que no declaró sus ingresos por derechos de imagen y los evadió del fisco español mediante una estructura societaria radicada en paraísos fiscales, como Belice o Uruguay . Para su padre, la multa es inferior, de 1,5 millones de euros.

La sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, por lo que por ahora el crack argentino driblará la cárcel. Además, la pena es inferior a dos años, con lo que, de confirmarse por parte del Supremo, tampoco es previsible que acabe entre rejas, al carecer de antecedentes, aunque hay precedentes de personas con penas inferiores a dos años que sí han entrado en la cárcel.

La condena a Messi, - a quien la Fiscalía no acusaba pero sí la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria - se detalla como siete mese de cárcel por cada uno de los tres ejercicios fiscales fraudulentos, y tras contemplar la atenuante de reparación del daño, porque que el jugador ya abonó la cuotas defraudadas más intereses y una multa.

Durante el juicio, celebrado el pasado junio , Messi descargó la responsabilidad del fraude fiscal en su padre y sus asesores. "Yo me decido al fútbol y confío en mi papá y en los abogados que él había decidido", declaró.

«Ignorancia deliberada»

En la sentencia, sin embargo, el tribunal rebate la principal tesis esgrimida por la defensa del astro argentino. "El desconocimiento evitable, derivado de la indiferencia, no es un error, y no puede provocar una descarga de la responsabilidad. No puede errar aquél que no tiene interés en conocer ", remarca la sentencia.

En este sentido, el tribunal concluye que Messi optó por una "ignorancia deliberada" al evitar tener información que estaba a su alcance, por "medios fiables, rápidos y ordinarios" y advierte de que su desconocimiento del derecho fiscal no le exime de comprender algunos aspectos "desproporcionados", como que en los años 2007 y 2009 la declaración del IRPF le saliera a devolver .

"Cuando se aprecia una indiferencia tan grave como la que nos ocupa, ya que, a pesar de todas las circunstancias y oportunidades que tuvo el jugador de conocer cómo se gestionaban sus derechos, no lo hizo, no cabe sino considerar que se ha actuado con dolo (voluntad deliberada de cometer delito)...con la consciencia de que se va a realizar un acto ilícito", remarca la sentencia.

El tribunal recrimina a Messi que optara por esa "indiferencia" pese a que existía una "sospecha justificada" sobre la licitud del método utilizado para gestionar sus ingresos, a través de sociedades interpuestas en las que era el único socio, en países con una fiscalidad laxa y " dejando de leer sistemáticamente todos y cada uno de los contratos que fue firmando a lo largo de esos años ".

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