Investigado un testigo del atropello mortal de Cerdanyola por apuñalar al hermano de la víctima

Se trata del copiloto del vehículo cuyo conductor atropelló dos veces a Ángel, que tenía 21 años, en 2020

Condenado a 17 años de cárcel por matar a su amigo atropellándolo dos veces

TSJC

Elena Burés

Barcelona

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Ocurrió una semana después del juicio por el atropello mortal a Ángel Martínez, en junio de 2021. Su amigo de la infancia, Adrián V., lo arrolló con el coche en dos ocasiones tras una discusión al salir de una discoteca de Cerdanyola (Barcelona). De copiloto viajaba un menor, que intentó evitar la acción del conductor, ahora condenado a 17 años de prisión por asesinato con alevosía. Pero ante el tribunal de jurado, el testigo no recordó los hechos.

Este fue el detonante que llevó al hermano mayor de la víctima, Luis, a discutir con el testigo cuando se encontraron en un club cannábico, al que ambos eran asiduos. El familiar le reprochó lo ocurrido, y ambos se enzarzaron en una riña cuando el copiloto, ahora mayor de edad, le asestó siete puñaladas.

Algunas en los costados, tórax y zona axilar, por lo que tuvo que ser operado de urgencia y permaneció durante una temporada ingresado en el hospital. Por este motivo, un juzgado de instrucción lo investiga por tentativa de homicidio, según han explicado del despacho Vosseler Abogados a este diario.

Doble atropello

El letrado Álvaro Machado fue el que ejerció la acusación particular, en nombre de la familia de Ángel. «El proceso ha sido muy doloroso. El detonante fue una pelea entre mejores amigos, pero nada justifica un asesinato», señala.

La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, condena a Adrián a 16 años y ocho meses de cárcel por el asesinato con alevosía de Ángel, y otros cuatro meses por conducir sin carnet.

Lo atropelló en dos ocasiones con el coche sobre la acera y con las luces apagagas, como considera probado el fallo. Cuando ya estaba «aturdido», impactó una segunda vez contra la víctima, que falleció poco después en un hospital.

A pesar de que la defensa alegó como atenuante una patología psicológica del acusado, esta posibilidad la descartaron los peritos forenses. «Su patología mental de base no lo exime del asesinato, y así lo declaró probado la sentencia», indica Machado. Sí se tuvo en cuenta la de consumo de alcohol.

Él alegó durante el juicio que no fue consciente de lo que hacía, pero el médico forense del juzgado señaló que sí lo era, igual que podía «discernir plenamente entre el bien y el mal». La novedad jurídica, apunta el abogado, es que a pesar de que el autor del atropello conducía sin carnet, se han condenado al Consorcio de Seguros a resarcir a la familia con 390.000 euros, al entender que tiene cobertura en la normativa. «Es un gran paso para las víctimas de accidentes de trabajo, más allá de este asesinato», indica.

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