Tribunales

El TSJ valida el Parque Empresarial de Soria por ser una «vía» frente a la «despoblación»

Rechaza todos los argumentos de los ecologistas y respalda el proyecto regional «por interés público»

Imágenes de las cúpulas en la extinta Ciudad del Medio Ambiente en los terrenos del parque empresarial EFE

J. M. A.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL ha desestimado el recurso de la Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza (Asden) contra el decreto de la Junta por el que se aprobó el proyecto regional Parque Empresarial del Medio Ambiente (PEMA) en Garray (Soria) , que venía a sustituir a la Ciudad del Medio Ambiente, «tumbada» judicialmente. Tras aquél revés que obligó a la Junta a replantear el proyecto y apostar por el parque -que también estaba suspendido de forma cautelar-, el órgano judicial con sede en Burgos esta vez da la razón al Ejecutivo Autonómico, muy «satisfecho» con la decisión, y se la quita a los ecologistas al concluir que tanto el decreto como el proyecto son conformes a derecho. Así, en un auto contundente y que echa por tierra los argumentos de los «verdes» se señala que el proyecto regional «justifica la alternativa elegida con argumentos lógicos, razonables y comprensibles desde unos criterios de política social y económica, sino que además en la Memoria Vinculante se ha justificado el interés general que el presente proyecto tiene para la Comunidad», informa Ical.

La Sala argumenta además que «resulta evidente que la aprobación del presente proyecto responde a unos fines legítimos, dentro de los que claramente se comprende la finalidad de revitalizar la provincia de Soria y sobre todo su capital y su entorno, tratando también por esta vía de evitar la sucesiva despoblación de una zona ya muy despoblada».

«El proyecto es un instrumento más que utiliza la administración para generar riqueza en la provincia de Soria, en un contexto de despoblación y escasez de recursos»

Además, estima que «el proyecto es un instrumento más que utiliza la administración para generar riqueza en la provincia de Soria, en un contexto de despoblación y escasez de recursos». En este sentido, señala que «la implantación del proyecto regional responde a una decisión política y económica que forma parte del ámbito competencial -de la Junta-».

Por otro lado, el TSJ cree que no se ha justificado por parte de Asden que el suelo donde se ubica el PEMA siga manteniendo la clasificación de «suelo rústico protegido». Al contrario, la administración ha acreditado que no puede considerarse como rústico protegido ya que pasó a ser «suelo urbano consolidado» como consecuencia de la gestión urbanística realizada en el mismo en ejecución del antiguo proyecto regional Ciudad del Medio Ambiente.

Satisfacción por la sentencia

Tras conocer el auto, la Junta manifestó en un comunicado su satisfacción por la sentencia que considera que el decreto que regula el parque -en el que ya está instalada la empresa Gestamp y Aleia Roses- es conforme a derecho «y por lo tanto, la actuación ha sido correcta». Al respecto, desde el Gobierno regional se insistió en que la pretensión a la hora de impulsar el proyecto regional del parque empresarial de Garray «no es otra que la de promover actividad económica y empleo para la provincia de Soria y, en consecuencia, el compromiso con dicho territorio». En el texto se destaca también que la resolución de la Sala, calificada por la Junta como «extensa y minuciosa», rechaza todos los motivos de impugnación invocados por Asden - afección a Numancia , inundabilidad de los terrenos y clasificación urbanística del suelo-, además de incidir en que el fallo «justifica particularmente la legitimidad y la utilidad pública del proyecto», afirmando que «resulta evidente que la aprobación del presente proyecto responde a unas razones de interés público y a unos fines legítimos, dentro de los que claramente se comprende la finalidad de revitalizar Soria».

Posible recurso

Contra esta sentencia, según informa el TSJ, cabe un recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo o ante la Sección de Casación de la Sala del Tribunal Super

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación