El TSJCyL ve hoy los recursos contra la sentencia del caso de la niña Sara
La Audiencia Provincial de Valladolid condenó a la madre de la niña, fallecida tras recibir una brutal paliza antes de ser violada, a 28 años de cárcel y a su expareja a la prisión permanente revisable
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León celebrará este miércoles la vista por los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que condenó a un hombre y a su pareja por la muerte de la hija de ésta última, según informan fuentes del Alto Tribunal castellano y leonés.
Será la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, la que vea, a partir de las 10.30 horas, los recursos de apelación interpuestos por la representación de Roberto H.H. y Davinia M.G. y el fiscal, esta última parte exclusivamente en lo relativo a la no imposición de la pena de privación de la patria potestad a ella respecto de su otra hija.
La Audiencia de Valladolid impuso antes del pasado verano prisión permanente revisable a Roberto H.H. por el crimen de Sara , la niña de 4 años fallecida el 3 de agosto de 2017 tras recibir una brutal paliza, antes de ser violada, mientras que Davinia M.G, madre de la pequeña, eludió finalmente dicha modalidad de condena, la primera vez que se impone en la provincia, pero a cambio fue condenada a casi 28 años de cárcel, informa Ep.
El primero de ellos fue condenado como autor del asesinato-agravantes de alevosía y ensañamiento- y violación de la pequeña, así como de otros cuatro delitos de malos tratos con lesión a persona especialmente vulnerable y otro de maltrato habitual, en todos los casos con el odio como circunstancia penalizadora por el origen rumano de la niña.
Además de la prisión permanente revisable, la condena incluía otras penas que suman 22 años de prisión para Roberto.
En el caso de su compañera Davinia, la sentencia no le impuso la permanente revisable, pero en cambio la condenó a casi 28 años de privación de libertad por la comisión por omisión de los delitos de asesinato--concurre la agravante de alevosía pero no de ensañamiento--, un delito de maltrato habitual y tres delitos de maltrato con lesión sobre su hija. En todos los casos, el tribunal le aplicó las atenuantes de obcecación y confesión.
Sin embargo, Davinia no quedó privada de la patria potestad de su hija mayor, de 12 años, algo que ha sido recurrido por la fiscal del caso, ni se le aplicó la prohibición de comunicar con ella al aplicar jurisprudencia del Tribunal Supremo que exigiría que para ello dicha menor hubiera sufrido los hechos o presenciado los mismos.
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