El TSJCyL eleva de 10 a 15 años la condena al «Terre» por el asesinato del amante de su esposa

Estima así la petición de la Fiscalía y rechaza el recurso del propio condenado

Miguel Ángel López Galván (imagen), más conocido por el 'Terre', durante el juicio en la Audiencia de Valladolid EFE

ABC

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha elevado de diez a quince años de cárcel la pena impuesta a Miguel Ángel L.G. ('Terre'), por el asesinato de José Manuel G, amante de su esposa, en Medina del Campo (Valladolid) en diciembre de 2017.

En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, tras la vista de los recursos celebrada el pasado día 5 de junio, confirma el fallo de la Audiencia de Valladolid, salvo en lo relativo a la confesión que había sido aplicada al condenado y que ahora queda suprimida, estimando así la petición de la Fiscalía, con lo que los diez años de la condena inicial se elevan a un total de quince, según informaron a Europa Press fuentes del tribunal.

Por contra, el TSJCyL rechaza el recurso del propio condenado, cuya defensa había pedido que se revocara la condena y se dictara una nueva en la que a su patrocinado se le considerarse autor de un delito de homicidio, rebajando la condena a siete años.

Y es que la defensa no consideraba que la muerte de José Manuel G. se produjera de forma alevosa, algo que en el fallo de la Audiencia de Valladolid se fundamenta en que la víctima no tuvo ocasión de defenderse debido a la rapidez con la que el condenado actuó a la hora de acuchillar a su oponente. «Esa rapidez en la actuación fue fruto del arrebato u obcecación que reconoció el propio jurado», explicó, en declaraciones a Ep, el letrado de la defensa, Luis Julio Cano.

Contra la presente sentencia cabe la interposición de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La Audiencia de Valladolid impuso una condena de diez años al 'Terre' como autor de un delito de asesinato en la persona de José Manuel G, amante de su esposa a quien la noche del 27 de diciembre de 2017 dio muerte al asestarle una cuchillada en el abdomen durante la discusión registrada en el domicilio de los padres del acusado, en Medina del Campo (Valladolid), al que habían acudido su todavía mujer y la víctima para llevarse a su hijo.

La sentencia, de conformidad con el veredicto del jurado popular, tipificó los hechos como asesinato pero, en lugar de los 16 o 20 años que habían solicitado el fiscal y la acusación particular, respectivamente, o los dos años y medio interesados por la defensa -esta parte porfiaba en que se trataba de homicidio- acordó situar la condena en diez años de privación de libertad al rebajar la pena en un grado al concurrir en los hechos dos atenuantes, el arrebato u obcecación y la confesión.

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